Fiscalía apeló fallo que sobreseía a dirigentes de Alianza y EDESSA por trágico desenlace en el Estadio Cuscatlán

La Fiscalía solicitó al juzgado que todos se mantengan en prisión mientras continúan las investigaciones.
La Fiscalía solicitó al juzgado que todos se mantengan en prisión mientras continúan las investigaciones.

Por: Redacción YSKL

El Juzgado 1° de Paz de San Salvador ya recibió la apelación al fallo que decretó por los 5 dirigentes de Alianza F.C. y Estadios Deportivos de El Salvador (EDESSA), acusados de una presunta negligencia en un juego de cuartos de final del torneo Clausura, en el Estadio Cuscatlán, que terminó en una estampida que mató a 9 personas e hirió a medio centenar.

El viernes 2 de junio, la instancia judicial suspendió el proceso en vista que tanto acusados como víctimas, lograron conciliar. Los acusados eran procesados por homicidio culposo, lesiones culposas, y estragos públicos culposos.

Por los primeros dos cargos, la jueza decretó sobreseimiento definitivo. Y por Estragos Públicos Culposos, se dictó suspensión del procedimiento.

El acuerdo establece que por cada víctima fallecida, la defensa entregaría $5,000 y $10,000; y en el caso de los 51 lesionados, $30,00 por cada día de incapacidad.

No obstante, la Fiscalía General de la República (FGR) presentó una reclamación alegando que hay suficientes elementos que determinan que hubo dolo por parte de los imputados, ya que la sobreventa de boletos y el cierre de una de las entradas del estadio hicieron que fanáticos que habían comprado su boleto no pudieran entrar a Sol General y que conllevó a una aglomeración que imposibilitó la movilidad al recinto deportivo.

El Diario de Hoy informó que los acusados, el presidente del Alianza F.C., Pedro Hernández; el gerente de seguridad del Alianza, Edwin Abarca Ventura; la gerente financiera del Alianza, Zoila Córdova; el gerente general de EDESSA, Reynaldo Avelar Contreras, y el encargado de las llaves del estadio, Samuel García Montano, fueron detenidos el mismo día de la audiencia, bajo los cargos de agrupaciones ilícitas.

Con relación al delito de Estragos Públicos Agravados la jueza determinó que el ilícito no cumplía los requisitos que el Código Penal estipula, ya que en los hechos señalados no hubo dolo por parte de los acusados, por lo que fue tipificado como Estragos Públicos Culposos y dictaminó un sobreseimiento provisional por un año, bajo reglas de conducta que serán cumplidas por los cinco procesados.

Algunas de las medidas que deberán cumplir los dirigentes involucrados en el caso son continúe residiendo en la dirección que han manifestado. También presentar un plan de seguridad para la organización de partidos.

Orden judicial

Algunos de los requisitos solicitados por el Juez es que deben de estar incluidos en el plan de seguridad de estadios son: Contratar seguridad privada, instalar torniquetes, extintores, en las entradas y salidas del estadio, que se controle los sellos de seguridad de la boletería, venta de boletos acorde al aforo de las localidades, rediseño de los portones de entradas, verificación de aficionados que ingresen al recinto deportivo en estado de ebriedad, entre otras más.