Por Redacción YSKL
El Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Gobernación presentaron una propuesta de reformas a la Ley Especial para la Contratación a la Obra Pública con Financiamiento Incluido, con la cual se incluirían “servicios esenciales”.
Ante esto, en el artículo 2 se detalla que dichos servicios esenciales son “aquellos estrechamente vinculados a la satisfacción de necesidades básicas de la población, cuya interrupción o desmejora es susceptible de poner en peligro la vida, la salud, la educación, el bienestar o la seguridad de toda o parte de la población
“Según plantea el artículo 4 de la normativa, al ser reformada, se tomarían en cuenta titularizaciones, constitución de fideicomisos, instrumentos de financiamiento colectivo, o cualquier forma que resulte conveniente a los intereses del Estado.
Dichos ingresos podrán provenir de “entidades financieras nacionales o extranjeras, o corporaciones privadas legalmente constituidas, o con fondos propios del contratista, o mediante cualquier otra forma de financiamiento”
Asimismo, con base en la propuesta de reforma del artículo 5 “el procedimiento de evaluación estará a cargo de una comisión técnica multidisciplinaria creada y nombrada para tal fin, por la máxima autoridad de la institución contratante”, cita el escrito.
De esta manera, se revoca al Ministerio de Obras Públicas y Transporte como entidad responsable de definir los instrumentos de contratación y otros aspectos, al igual que pasa en otras propuestas modificaciones del decreto.
Tres aprobarse dicha reforma se permite a otras instituciones de Gobierno adquirir servicios esenciales que respondan a las necesidades de la población, base en financiamientos adquiridos.