Proponen que se brinden beneficios a contratistas por “modalidad multicliente” que realicen actividades de exploración y explotación hidrocarburíferas

Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL). Foto: Diario El Salvador.
Foto: Diario El Salvador.

Por Redacción YSKL

El Ministerio de Economía presentó una iniciativa ante la Asamblea Legislativa, con la cual se permitirá que la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), realice “todas las actividades hidrocarburíferas, operaciones y contrataciones, en todas las formas que estime necesario”, con el objetivo de incentivar la inversión y acrecentar el conocimiento exploratorio en materia hidrocarburífera.

Con la propuesta de reforma a la Ley de Hidrocarburos, dicha legislatura pasaría a llamarse “Ley de Exploración y Explotación de Yacimientos de Hidrocarburos”.

Para que la CEL pueda realizar actividades vinculadas a la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos, podrá suscribir “contratos de operación, de prestación de servicios, contratos de inversión o de naturaleza análoga, u otras modalidades de contratos determinadas o reguladas internamente por la CEL”.

Se debe entender por contratos de inversión a aquellos en los que “una persona natural o jurídica se obliga a efectuar, bajo su propia cuenta costo y riesgo, operaciones o actividades científicas investigación, reconocimiento y/o prospección relacionados a las actividades hidrocarburíferas”.

Dentro de estos tratados, se podrá conformar la “modalidad multicliente”, entre la CEL, y una persona natural o jurídica, privada o pública, nacional o extranjera.

Con estos, el contratista “recibe el derecho exclusivo de realizar el mercadeo y comercializar los datos crudos que obtenga o recabe en su actividad de prospección, recopilación y procesamiento, por el plazo establecido en el contrato, bajo su propio costo y riesgo, así como la información relevante que el contratista elabore a partir de los datos obtenidos, lo que no implicará gastos para CEL”.

Los titulares de tales contratos estarán exentos del pago inversión en activo fijo por un monto igual o mayor a 4,220 salarios mínimos vigentes del sector industria, y la inversión social, requeridos dentro de la Ley de Estabilidad Jurídica para las Inversiones, para contar con las atribuciones de estabilidad jurídica establecidos en el Capítulo IV de dicha legislación.

Otros beneficios serán la exención total de derechos arancelarios e impuestos, incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios que graven la importación definitiva o compra de materias primas, insumos, equipos, herramientas y demás bienes necesarios para la construcción de prototipos o el desarrollo de sus actividades.

También estarán libres de la obligación de retener cualquier tributo, en caso exista dicha obligación.

Un aspecto mencionado en la iniciativa es que el contratista por modalidad multicliente entregará un porcentaje de los ingresos obtenidos a la CEL, según lo establecido en el respectivo contrato.

“Los datos crudos, incluyendo cualquier información elaborada a partir de ellos, que el titular de un contrato modalidad multicliente haya recabado o elaborado serán de exclusiva propiedad de la CEL, asimismo el título, propiedad y el copyright del producto. Los titulares tendrán el derecho exclusivo a utilizar y comercializar dichos datos e información tanto en el territorio nacional como en el extranjero por un plazo que se determinará en el contrato respectivo”, cita el anteproyecto de reforma.

La Comisión se encargará de gestionar la normativa técnica respectiva para la aplicación de los contratos, los cuales “quedan excluidos de la aplicación de la Ley de Compras Públicas”, y les “aplicará la exclusión” del cobro de la “garantía de mantenimiento de oferta”, equivalente a no menos del 2% del total de los trabajos exploratorios que se compromete a realizar el oferente.

Cabe señalar que ninguna persona natural o jurídica podrá ejecutar operaciones petroleras de exploración ni explotación sin ser titular de dichos acuerdos con la Comisión, o haber sido subcontratado por los mismos.

Tras su aprobación, el decreto entrará en vigencia tras ocho días de haber sido publicado por el Diario Oficial.