Las reformas que fueron presentadas a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) en julio de 2021 por el Gobierno y que tras críticas había sido engavetada, fue dictaminada por la Comisión de Legislación y estaba agendada para ser aprobada en la sesión plenaria de este martes en la Asamblea Legislativa; sin embargo, Nuevas Ideas desistió en horas de la tarde.
Fue la diputada cyan Marcela Pineda, presidenta de referida comisión, quien pidió en el pleno que el dictamen regrese al estudio de la instancia legislativa.
¿Qué contienen la reformas?
Información reservada
A pesar que prescindieron de la redacción de la propuesta del Ministerio de Gobernación sobre la información reservada, le dieron la misma connotación a otro apartado, pues la reforma al artículo 21 señala que se puede considerar como reservada o confidencial la información pública por las instituciones.
La información hace referencia al artículo 10 de la LAIP, entre las que destacan los directorios, correos, salarios y currículum de funcionarios públicos; detalles de asesores; presupuestos asignados a instituciones gubernamentales; contratación de personal; remuneraciones, por categoría salarial, dietas y gastos de representación; planes operativos; listados de viajes de titulares, que involucren fondos públicos; informes contables; inventarios y financiamiento de obras.
Esta categoría se motivaría en que la información pueda amenazar el interés jurídicamente protegido o que el daño en revelarla sea mayor al interés publico en conocer la información, aspectos que serán considerados por la institución.
Selección de Comisionados
La ley ya otorga la responsabilidad de elegir a los Comisionados al Presidente de la República desde una terna propuesta por cinco sectores que coordinan carteras de Estado, como empresarios, sindicatos, maestros, periodistas y asociaciones; sin embargo, las reformas darán más atribuciones al mandatario.
El jefe de Estado definirá la reglamentación, plazos y procedimiento de convocatoria; en la actual redacción estos ya eran definidos.
Además, en caso de renuncia, remoción o muerte de comisionados, el suplente lo sustituirá si así lo considera el Presidente.
El presidente del IAIP podrá modificar la estructura organizativa según crea conveniente.
Aumentan plazo para entregar información
La respuesta a solicitud se notificarán en un plazo 20 días hábiles, siempre que la información no exceda de 5 años que se generó; si excede, el plazo se ampliará a 10 días hábiles más.
Si en cinco días hábiles el solicitante no retira la información que le fue generada, será archivada y necesitará ser solicitada nuevamente.



















