Partidos políticos ya no propondrán JRV

La Comisión de Reformas Electorales de la Asamblea Legislativa aprobó reformar los artículos 100 y 101 del Código Electoral a efecto de que las Juntas Receptoras de Votos (JRV), se compongan de ciudadanos sin afiliación partidaria.


La reforma también prohibirá a partidos políticos proponer personas que conformarán las JRV. Además la conformación de las juntas bajará de 5 a 3 miembros entre propietarios y suplentes entre las edades de 18 a 60 años de edad.


“Si ustedes recuerdan la cantidad de votos nulos e impugnados, incluso demoró hasta un mes ¿de dónde viene la nulidad y la impugnación de los votos? De que cada miembro de la junta representa a un partido político y al no ponerse de acuerdo, burlan la voluntad popular tirando a nulos estos votos, eso se acabó”, indicó el Diputado René Portillo Cuadra.


La convocatoria para participar de las JRV, será de carácter obligatorio, por el Tribunal Supremo Electoral, y se enviará una correspondencia a los ciudadanos elegidos, para llevar a cabo una capacitación, para recibir, registrar y procesar los votos de una elección.