El Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), José Apolonio Tobar, dijo que según la Ley Penitenciaria no se cumplió con el proceso en el que debe ser decretado el estado de emergencia en los Centros Penales, ya que no le corresponde al presidente de la República hacerlo.
Según Tobar, la normativa establece que el Director General de Centros Penales (DGCP) deber dar la orden a las 27 cárceles sobre el estado de emergencia, luego deben dar aviso al Juez de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena para que lo ratifique, modifique o revoque.
También se debe informar a la Fiscalía General de la República (FGR) y a la PDDH.
“Formalmente los directores sí decretaron la emergencia, pero fue por orden del presidente, pero la forma, por lo menos la que está en la ley, no es esa”, aseveró el procurador.
De acuerdo con el funcionario, la disposición legal se debe hacer tomando en cuenta las formas y requisitos que la misma ley establece para poder ser declarada.
“De todos los centros penales en los que se decretó la emergencia (el 3 de marzo), hasta el día de ayer, solo en uno de los 27 el juez de vigilancia penitenciaria había ratificado la medida”, afirmó.
Asimismo, añadió que “todos los funcionarios nos debemos a la ley y debemos respetar la legalidad”.