Sala admite demanda de inconstitucionalidad a la Ley de Cuarentena

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidió admitir la demanda de inconstitucional contra la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19, por la supuesta violación de los artículos 29, 131 ordinal 4° y 27° de la Constitución de la República.

La ciudadana Ruth Eleonora López argumentó “vicios de forma” en el Decreto Legislativo n° 639, porque “la Asamblea Legislativa cometió fraude al aprobar con llamamientos inconstitucionales de diputados suplentes”.

La inconstitucionalidad se fundamenta en que estos no fueron justificados, a pesar de que es obligación hacerlo; y en que para aprobar el Decreto n° 639 se requirió del voto favorable de los diputados suplentes Douglas Cardona, Andrés Salguero y Ana Larrave, que sustituyeron, por su orden, a los diputados propietarios Martha Evelyn Batres, Alejandrina Castro y Patricia Valdivieso —a esto añade que estos últimos estuvieron presentes durante el inicio y buena parte de esa plenaria para aprobar otro decreto–.

Según López se cometió fraude a la Constitución, porque la ley fue aprobada con una mayoría conseguida con el voto de diputados suplentes que, según la demandante, fueron llamados en sustitución de los propietarios sin que se justificaran las razones que legitimaran su llamamiento, y cuyos votos fueron necesarios.

Los Magistrados aceptaron los argumentos y decidieron admitir la demanda de inconstitucional de la ley por “vicios de forma” sin emitir una medida cautelar. Por tanto la Sala ordenó:

A la Asamblea Legislativa deberá rendir un informe explicando el proceso de formación de ley, en los argumentos citados por la demandante en el plazo de dos días hábiles.

El Ministro de Salud, Francisco Alabí deberá explicar los procesos en los que ha sido demandado, en el plazo de dos días hábiles.

El Fiscal General de la República, Raúl Melara deberá pronunciarse sobre la pretensión de inconstitucionalidad planteada.