Sala advierte falta de argumentación en recurso de inconstitucionalidad de ARENA a decretos ejecutivos, de no enmendarlo será inadmisible

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio resolución al recurso de inconstitucionalidad a los decretos emitidos por el Gobierno, el número 19 de Estado de Emergencia y 26 de cuarentena especial, interpuesto por representantes del partido Alianza Republicana Nacionalista (ARENA).

Según la institución judicial, para que una demanda de inconstitucionalidad sea admitida se debe aclarar qué disposición de la Constitución de la República se considera infringida y sus motivos de sustento.

Además, los magistrados aseveraron que en la petición de considerar inconstitucional el decreto 26 de cuarentena, se hizo referencia al artículo 5 de la Carta Magna, relativo a la libertad de circulación, el cual se vería afectado en el artículo 11 de dicha normativa al establecer números de DUI para salir de los hogares a comprar alimentos o medicinas como único permiso.

Sin embargo, la Sala aclara que el defecto argumentativo se encuentra en que no todo el decreto establece una restricción a dicho derecho.

Por lo que se previno a los demandantes, la directora de asuntos jurídicos de ARENA, Sthepanie Escobar y el diputado suplente Carlos García Saade, que para ser admitida la demanda se tendrá que subsanar el objeto de control, pues ellos señalan a todo el decreto, pero solo hacen referencia a un artículo de este.

Para esto tendrán tres días hábiles a partir de su notificación, de no ser resuelto, la demanda podría rechazarse y declararse inadmisible.

Ante la demanda, los magistrados establecieron que podría haber indicios de inconstitucionalidad que analizar y argumentar al tratarse de normativas y preceptos que tienen por finalidad regular conductas humanas.

No hay ninguna medida cautelar al decreto 26, en el caso del referido al Estado de Emergencia (decreto 19) fue suspendido en la resolución de otro proceso, en su lugar se revivió el decreto 593 de la Asamblea Legislativa hasta el 29 de mayo mientras se forma nueva legislación.