Un aviso fue interpuesto ante la Fiscalía General de la República (FGR) para solicitar que se investigue el posible cometimiento de delitos por parte del diputado Rodolfo Parker ante los señalamientos que este recibió información de la Corte de Cuentas de la República (CCR) sobre líneas de auditoría al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
Esto por parte del Director Ejecutivo de Iniciativa Social para la Democracia (ISD), Ramón Villalta.
Los hechos sucedieron el pasado 11 de agosto, cuando los Ministros de Hacienda, Salud y Agricultura llegaron a la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa para explicar el destino de los $250 millones de un préstamo, donde un fotógrafo habría capturado la imagen donde Parker sostiene una conversación en su teléfono con su asesor, quien le habría reenviado información de auditorías provinientes de «el magistrado».
El diputado aseguró que los contenidos de esas fotografías habían sido arreglados y no eran «sus textos».
De acuerdo con el ISD, son dos delitos penales los que se podrían imputar al diputado, el tráfico de influencias, que según el Código Penal se refiere a que «el que simulando o valipendose de su influencia con un funcionario o empleado público, recibiera o hiciere que le prometieran para sí o para otro, dinero u ventajas como estímulo o recompensa de su mediación con aquella persona o a pretexto de comprar favores, prisión de uno a tres años y multa de 110 días. Si fuera funcionario se impodrá la inhabilitación especial».
Asimismo, el delito de revelación de hechos, actuaciones o documentos secretos por empleado oficial, que se describe como el «funcionario o empleado público que revelare o divulgare hechos, actuaciones, información o documentación que debieren permanecer en reserva o facilitare el conocimiento de los mismos, será sancionado con cuatro a seis años».
Según Villalta, estos delitos podrían adecuarse al hecho, pues Parker al ser parte del Órgano de Estado que elige a los magistrados de la Corte de Cuentas de la República (CCR), por lo que «el acto de enviar información privilegiada, de naturaleza reservada por parte ‘el magistrado’ para uso a conveniencia de uno de sus electores, puede enmarcarse dentro de un acto de ‘remuneración de servicios’ o ‘pago de favores’.