Ex Fiscal General es sobreseído de la acusación de incumplimiento de deberes

El Juzgado 2º de Paz de San Salvador ordenó un sobreseimiento definitivo a favor del exfiscal General de la República, Douglas Arquímedes Meléndez Ruiz, por el delito de incumplimiento de deberes.

La resolución es producto de una solicitud que presentaron las actuales autoridades del Ministerio Público en su requerimiento.

En el expediente fiscal consta que “no habían” elementos “objetivos y subjetivos”, que comprobaran que Meléndez cometió los delitos en cuestión ya que el análisis de las diligencias de investigación establecieron que no cumplen con los elementos principales del tipo penal, como lo es el dolo, “pues al revisar los expedientes de los casos denunciados por la víctima no existe un incumplimiento de deberes, tal y como lo refiere el tipo penal, pues no había voluntad ni conocimiento de incumplir con el mandato de ley en lo referente al direccionamiento en las investigaciones que tiene la Fiscalía iniciadas por denuncia de la víctima”, señala el documento.

                                    Contexto

El Representante de QUIMAGRO S.A de C.V. denunció en la FGR que tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) habrían cometido el delito de Prevaricato.

Sin embargo, el análisis de las actuaciones de los funcionarios “se realizaron conforme a Ley”, estableció la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, instancia que conoció la resolución del Juzgado 1° de Paz de San Salvador, que también sobreseyó la causa.

La Cámara determinó que Meléndez actuó conforme a derecho al evaluar si procedía la formulación de un antejuicio en contra los Magistrados.

Meléndez era acusado por omisión de investigación, incumplimiento de deberes, actos arbitrarios y desobediencia en perjuicio de la sociedad QUIMAGRO.

El informe fiscal, de igual forma, detalló que Meléndez dio cumplimiento al artículo 120 del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa, al presentar un escrito a dicho Órgano del Estado, el 16 de junio del 2018, en el que informó que las investigaciones dieron como resultado la improcedencia para promover el antejuicio en contra de los tres magistrados de la CSJ “por no existir delito”.

También, se hace referencia al acuerdo emitido por la Asamblea Legislativa en el que informan que conocen la nota de ministerio público fiscal en donde manifiesta que de acuerdo a los análisis, era improcedente formular antejuicio en contra de los Magistrados, debido a que el punto medular es la interpretación del sentido de la sentencia.