Diputados piden al Fiscal General procurar que funcionarios cumplan con Ley de atención a pandemia o proceder a sanciones

0
58

A partir de este fin de semana comenzó la vigencia la Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia por la Enfermedad COVID-19, misma que debió ser publicada en el Diario Oficial por el Presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, luego que se venciera el plazo que se le fue dado al Presidente Nayib Bukele.

La tardanza y que la gestión tuvo que ser realizada por el Presidente del Parlamento fue criticada por los diputados, pues aseguraron que la normativa permite atender la pandemia.

No obstante, los legisladores expusieron que a pesar que no haya sido publicado por la Presidencia, las disposiciones deben ser atendidas y se establecen sanciones por su incumplimiento.

“Si no piensan utilizarla allá tendrá que ver el Fiscal de la República porque es una ley y se le debe dar cumplimiento (…) yo no creo que el presidente se niegue a acatar la ley”, manifestó el diputado del PCN, Reynaldo Cardoza.

¿Qué debe cumplir el Gobierno según la ley?

Serán como información oficiosa todos los expedientes de procesos de adquisición, bienes, obras y servicios, fondos destinados a la pandemia, el plan de prevención, contención y respuesta a la pandemia y los resultados obtenidos de cada zona sujeta a control sanitario.

Añadieron que el incumplimiento de esta medida amerita una multa de hasta 10 salarios mínimos mensuales por cada día de incumplimiento a los funcionarios involucrados, que será impuesta por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

Además, los legisladores detallaron que los titulares de las distintas Secretarías de Estado y presidentes de instituciones autónomas deberán presentar cada mes a la Asamblea Legislativa un informe detallado y sistematizado de la ejecución de los fondos utilizados durante todo el periodo de la pandemia con las órdenes de compra o contratos suscritos, dicho informe será remitido a la Comisión respectiva.

Las cuarentenas solo se contemplan para las personas contagiadas de COVID-19 o que hayan estado expuestos al virus, pero no podrá decretarse de manera generalizada.

Los trabajadores que sean sometidos a cuarentena no podrán se despedidos, sancionados ni sujetos a descuentos en sus centros de trabajo y se aplicará el subsidio por incapacidad del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

Tampoco se permitirá el cierre de centros de trabajo sin el debido proceso legal.

En la ley se señala que no se podrá suspender ningún derecho constitucional como la libertad de circulación de forma y tampoco se permitirá el uso coercitivo de la Fuerza Armada.

Los paquetes alimentarios deberán entregarse a la población con la leyenda de «Estos productos han sido pagados por sus impuestos»; por los militares no podrán participar en su distribución.

«[…] El no uso de las instituciones para hacer distribución de beneficios que la asamblea ha aprobado, se anda haciendo el alarde que el Presidente está dando los paquetes, es dinero de la población, no es de ningún funcionario, no puede usar la policía ni al ejército con criterio Proselitista. Con el paquete le están pidiendo número de DUI y le están llamando para votar por Nuevas Ideas. Es dinero del país, no se puede hacer proselitismo», destacó el diputado Mario Ponce.

Además, se pronunció ante el papel de la Fiscalía General de la República (FGR).

«La ley dice que cualquier funcionario que viole la ley serán sancionados, que la Fiscalía se pronuncie, se han violentado derechos humanos y no han hecho nada, hemos visto una fiscalía pasiva, que por lo menos salga a dar una conferencia de prensa», enfatizó.

El artículo 23 de referida normativa destaca que «Los funcionarios y agentes de autoridad que adopten disposiciones que violen la Constitución y las leyes estarán sujetos a las responsabilidades patrimoniales, administrativas y penales correspondientes».