Aprueban reforma para condenar y prevenir la violencia política contra las mujeres en la LEIV

Con 65 votos, la Asamblea Legislativa reformó la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV) para condenar y prevenir la violencia política.

Con esta modificación se añade un literal d al artículo 10 de la normativa en cuanto a las modalidades de violencia para añadir la política y reza de la siguiente manera:

«d) Violencia política: Son todas las acciones u omisiones contra las mujeres, realizadas de forma directa o indirecta por razón de género, que causen daño individual o colectivo y que tienen por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos y civiles, en cualquier ámbito de la vida política. Los ámbitos de la vida política comprenden el ejercicio de los derechos políticos tales como derecho de organización, participación en procesos electorales y en órganos de dirección, así como la participación en el desarrollo rural y urbano», según la aprobación legislativa.

Además, se incorpora una sección especial posterior al artículo 10 sobre «Violencia Política contra las Mujeres, Responsabilidades Institucionales ante la modalidad de Violencia Política». Esta añade artículos 10-A, B, C, D, E.

Entre estas reformas, se contempla que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) elaborar protocolo para atención de mujeres víctimas de violencia política que presenten denuncias, recopilar información de los casos para orientar diseño de acciones concretas para la prevención y atención. Informar los casos al Ministerio de Justicia y Seguridad, el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), la Fiscalía General de la República (FGR) y a la comisión legislativa.

Asimismo, el ISDEMU debe impulsar campañas de incidencia al respeto de la participación política de la mujer y prevención de violencia.