Sala declara improcedente inconstitucionalidad en candidaturas de Muyshondt y D’aubuisson que pidió Rolando Castro

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró improcedente la inconstitucionalidad que fue demandada por el Ministro de Trabajo, Rolando Castro, contra las candidaturas a alcaldes de Ernesto Muyshondt por San Salvador y Roberto D’Aubuisson por Santa Tecla, ambos del partido ARENA.

El funcionario solicitaba la inhabilitación de candidaturas.

Según la resolución, Castro presentó la demanda de forma errónea, pues atribuyó que los actuales alcaldes y candidatos no cumplían con el artículo 126 de la Constitución de la República que señala la moralidad notoria; sin embargo, esta se establece para los diputados, mas no para los concejos municipales.

Es decir, la falta presentada es atribuible a candidatos a diputados, mas no para alcaldes, pues no es regulado por la Carta Magna, sino por leyes secundarias, tales como el Código Electoral.

Asimismo, consta en el documento judicial que Castro manifestó que habría un enjuiciamiento por el incumplimiento de los artículos 202, 72 y 80 de la Constitución sobre las leyes secundarias que regulan a los concejos municipales; pero aseveró que se violaba la moralidad notoria.

«Cambia el parámetro de control, lo cual desnaturaliza el contraste normativo que formula, dado que pretende impugnar un acto subjetivo público con base en una disposición constitucional relativa a los diputados de la Asamblea Legislativa», reza parte de la sentencia.

El Ministro de Trabajo expuso a medios que tras la resolución de inhabilitación de Walter Araujo de Nuevas Ideas, quien era candidato a diputado, por poseer procesos penales abiertos, se sentaron las bases para promover la controversia, pues en el caso de Muyshondt enfrenta un proceso por negociación con pandillas, y en el caso de D’aubisson, ha sido doblemente condenado en un tribunal laboral, por el no reinstalo de trabajadores despedidos.