TSE ordena a la Presidencia abstenerse de publicar contrataciones o inauguraciones de obras previo elecciones

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició de oficio un proceso sancionador contra ella Presidencia de la República por la presunta infracción del artículo 178 del Código Electoral.

Esto tras la inauguración del ByPass de La Libertad por el Presidente Nayib Bukele el pasado 20 de febrero; según el organismo colegiado, el fundamento para iniciarlo es la notoriedad pública que tuvo el evento.

Según los lineamientos del Código Electoral en el artículo 178, pues 30 días antes de cualquier tipo de elección se prohíbe la publicidad gubernamental de proyectos ya realizados o que se lleguen a realizar después de los comicios, ya sea para el Gobierno central o los 262 municipios.

La normativa electoral indica que el incumplimiento será responsabilidad del funcionario o jefe de unidad gobernativo al que pertenezca la obra que se haya publicitado.

Ante esto, los magistrados manifestaron en la resolución que referido artículo tiene como finalidad preservar la equidad de competencia para el proceso electoral y recalcan que no se persigue una supresión de las relaciones públicas o la comunicación de las entidades ni las actividades en cumplimiento de las normas constitucionales, como las licitaciones; sino que las instituciones deben procurar el cumplimiento de neutralidad de los órganos estatales en el contexto de campaña electoral.

Por lo que resaltan que no pueden realizarse actividades que puedan inducir a los ciudadanos a votar por determinado partido o candidato, que deriva del artículo 218 de la Constitución de la República en reiterada neutralidad.

Además, los magistrados manifestaron que para conocer si configura una infracción se toma como base el contexto en el que se desarrolló la actividad, el mensaje, la estructura comunicacional y su presentación.

Para iniciar el proceso sancionador, el TSE implementó medidas cautelares, en la que ordenaron a la Presidencia a que se abstenga de publicar en medios de comunicación privado o estatal las contrataciones, inauguraciones de obras de infraestructura nacional o de cualquier naturaleza que hayan realizado, que realicen o que proyecten realizar en cumplimiento de la prestación de servicios a los que está obligado el Estado