Juez y CSJ recalcan a la Corte IDH la mora legislativa en Ley de Justicia Transicional para judicializar Masacre de El Mozote

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) llevó a cabo este jueves en horas de la mañana, una audiencia de seguimiento de la sentencia emitida en el 2012 donde estableció que el Estado salvadoreño debía investigar los hechos en la Masacre de El Mozote.

La audiencia del proceso «Caso Masacre de El Mozote y lugares aledaños contra El Salvador» se realizó luego que organizaciones de derechos humanos pidieran a la Corte que aplicara medidas cautelares contra el Estado por la presunta obstaculización a la justicia y posible acciones para encubrir a autores de la masacre, tales como la negativa a la inspección de archivos militares

De la diligencia participaron como representantes del Estado, dos abogados de la Presidencia de la República, el juez que conoce el proceso penal en el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera, Jorge Guzmán, y la representante de la Secretaría de la Sala de lo Constitucional.

En la representación de las víctimas participó el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Apolonio Tobar; tres representantes de organizaciones como la Asociación de Derechos Humanos Tutela Legal Dra. María Julia Hernández.

Además de los jueces de la Corte, Eduardo Ferrer, Eugenio Raúl Zaffaroni y Humberto Sierra, este último cuestionó al juez de la causa cómo es la administración del proceso, pues es un caso con centenares de víctimas.

«Existía la expectativa que esto estaría supeditado a una ley de justicia transicional, pero no se llevó a la práctica, es una mora legislativa. Con lo que tenemos, como juez consideré con la normativa vigente con apoyo de la Corte Suprema de Justicia, se podría llevar adelante el caso, me basé en tres aspectos: Derecho de las víctimas a conocer la verdad, obligación del Estado de cumplir con la sentencia de 2012 y sentencias de la Sala (de lo Constitucional) del 2016 que obliga a investigar casos. Hemos asumido porque consideramos que tenemos las suficientes herramientas», respondió Guzmán.

Sobre esto, la Secretaría de la Sala se pronunció y manifestó que las herramientas que se pueden dar al juez para la investigación no dependen de la Corte Suprema, sino de la Asamblea Legislativa con las reformas a las normativas vigentes.

Luego que la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz en el año 2016, ordenó al Parlamento a emitir un nuevo marco legal, que debía regular el acceso a información, propiciar la investigación, enjuiciamiento, así como el esclarecimiento de la verdad y sanción a responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, ocurridas en el conflicto armado.

Se emitió una Ley de Reconciliación en los primero meses de 2020, misma que fue vetada por la Presidencia de la República y ha sido rechazada por organizaciones de derechos humanos y de representación de víctimas de la guerra.

Según la Procuraduría para la Defensa de Derechos Humanos (PDDH), la legislación incumple el estándar de la pena y gravedad, lo que es contrario a los derechos de las víctimas, ya que el proceso y la sanción podría depender de la enfermedad o edad de los hechores de los crímenes de lesa humanidad; tampoco contempla la calificación del delito y grado de participación, lo que implicaría impunidad.