Anulan detención provisional a hermano y socio de Sigfrido Reyes en caso de lavado de dinero; ambos serán citados para ser intimados

El Juzgado 6° de Instrucción de San Salvador anuló la detención provisional impuesta por un juzgado de paz contra Earle René Reyes Morales y Byron Enrique Larrazábal Arévalo, hermano y socio del expresidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes, acusados de lavado de dinero y activos.

De acuerdo con el juez del caso, Roberto Ortuño, se debe a que no se les notificó debidamente del proceso en su contra; por tal razón, el juzgado los va a citar para intimarlos y así valorar qué medida cautelar les impondrán.

Una vez citados, si los procesados se hacen presentes el juzgado les darán a conocer de la imputación en su contra y el administrador de justicia va a analizar si procede alguna medida cautelar, ya sea arresto domiciliar, caución económica, brazalete electrónico o presentarse cada cierto tiempo a firmar al juzgado.

Si los imputados no se presentan a pesar de citarlos se declararán rebeldes.

La medida fue criticada por la Fiscalía General de la República (FGR), «La ley establece que para el delito de lavado de dinero, no puede haber otra medida que la detención provisional, pero los jueces la inaplican. ¿Cómo luchar contra la corrupción si tenemos un sistema tan permisivo?», señaló el Fiscal General, Raúl Melara, en su cuenta de twitter.

Los dos imputados son acusados de lavado de dinero y activos, a Larrazábal se le suma el delito de estafa agravada en perjuicio del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA).

Según la Fiscalía, el monto atribuido a Byron Larrazábal es de $1.500.000, mientras que a Earle Reyes, $500.000, cifras que deberán justificar durante el proceso.

La audiencia especial fue ordenada por la Cámara Primera de lo Penal, basado en recursos de apelación de parte de la defensa técnica contra la resolución  que les decretó la detención provisional con vista del requerimiento, donde alegaron afectación al derecho de la libertad personal ambulatoria por la imposición de la detención  sin que el juzgado hubiese realizado como condición previa las actuaciones legales ante la no comparecencia del imputado, en  nombrarle defensor particular o defensor de oficio.

De acuerdo con referida resolución, los magistrados argumentaron que el juzgador efectuó una infracción al derecho de protección jurisdiccional en el sentido que no se agotaron todos los medios procesales de comunicación para notificarles a los imputados y defensa técnica del proceso penal llevado en contra de los encausados.

En esta causa penal se procesa a un total de 14 personas, entre estas el exdiputado Sigfrido Othón Reyes, por los delitos de lavado de dinero y activos, peculado, estafa agravada e incumplimientos de deberes.