Organizaciones piden rechazar reformas a la Ley de Acceso a la Información Pública que declara en reserva informes de funcionarios

Bajo un acto solemne, el Presidente de la República, Nayib Bukele, fue recibido por los diputados de la Asamblea Legislativa, a quienes les expuso los esfuerzos realizados en su segundo año de gobierno el 1 de junio del 2021. Foto: Presidencia.
Bajo un acto solemne, el Presidente de la República, Nayib Bukele, fue recibido por los diputados de la Asamblea Legislativa, a quienes les expuso los esfuerzos realizados en su segundo año de gobierno el 1 de junio del 2021. Foto: Presidencia.

Por: Redacción YSKL

Los Diputados de la Asamblea Legislativa deben rechazar las reformas que propone el Gobierno a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP). Esta fue la demanda de un grupo de organizaciones, que velan por el combate a la corrupción.

En un comunicado que fue difundido este martes, señalan que las reformas “deterioran” el derecho de acceso a la información pública. “La LAIP ha sido una herramienta importante para descubrir casos de corrupción en gobiernos anteriores, teniendo acceso a información relevante acerca de casos de enriquecimiento ilícito, así como el mal uso de fondos públicos por parte de funcionarios”, destaca.

Y es que el 10 de julio pasado, el Ministro de Gobernación, Juan Carlos Bidegaín, propuso a la Asamblea Legislativa reformas a por lo menos nueve artículos de la LAIP, entre los que destacan la posibilidad de clasificar como “reservada” la información oficiosa, es decir aquellas que las instituciones públicas están obligadas a difundir a la población, sin necesidad de hacer un requerimiento ciudadano.

Además, calificar como “confidencial” la declaración patrimonial de inicio y cese de funciones de empleados públicos y titulares de carteras de Estado. Otro punto a destacar, es que se eliminaría el mecanismo de elección de ternas para Comisionados del Instituto de Acceso a la Información (IAIP), para que solo dos candidatos puedan competir por formar parte del pleno.

Otra reforma que ha pedido el Gobierno, es extender los plazos para responder a las solicitudes de información, de diez días hábiles se ampliará a 20 y se le restan atribuciones al Pleno del IAIP y se los confiere al Presidente de este organismo.

En ese sentido, las organizaciones exigen al Gobierno abstenerse de «promover retrocesos en los derechos ciudadanos» y por el contrario, exhortaron a «fortalecer el contenido de la LAIP», con base a los nuevos estándares planteados en la Ley Modelo Interamericana 2.0 de Acceso a la Información, propuesta por la Organización de Estados Americanos (OEA).

Además, exigen al Órgano Legislativo rechazar la aprobación de las reformas. Advierten que ocasionaría un «grave retroceso» al derecho de acceso a la información pública.

«Las reformas propuestas a la LAIP son regresivas y favorecen la opacidad dentro de las entidades públicas, limitan el derecho de acceder a información e impiden la fiscalización desde la ciudadanía al quehacer del Estado», estiman las organizaciones.

El pliego de enmiendas a la ley ingresará en la Plenaria del martes 20 de julio. 

Las organizaciones que suscribieron el pronunciamiento son: Acción Ciudadana, Cristosal, Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información Pública, Fundación Salvadoreña para el Desarrollo FUSADES; Fundación para el Desarrollo (FUNDE), Fundación Democracia, Transparencia y Justicia (DTJ); Fundación Futuro Abierto; Centro de Estudios Jurídicos (CEJ); Asociación Azul Originario; Servicio Social Pasionista; la Asociación Transparencia, Contraloría Social y Datos abiertos (TRACODA); Fundación Comunicándonos y Colectivo Mentes Jóvenes.

Las reformas

El legajo de reformas, van encaminadas a permitir a los entes obligados clasificar como “reservada” toda la información oficiosa que revista en el artículo 10 de la LAIP, entre las que destacan los directorios, correos, salarios y currículum de funcionarios públicos; detalles de asesores; presupuestos asignados a instituciones gubernamentales; contratación de personal; remuneraciones, por categoría salarial, dietas y gastos de representación; planes operativos; listados de viajes de titulares, que involucren fondos públicos; informes contables; inventarios y financiamiento de obras.

El documento, consigna que se modificará el artículo 16 de la LAIP, para que se adecúe a las regulaciones que establecen los artículos 19, 20 y 21, de la referida normativa. Es decir, se le dará la categoría de reservada para un período de siete años.

El artículo 20 actualmente reza que se puede desclasificar la información cuando se extingan las causas que dieron origen a la clasificación y se podrá ampliar el período a otros cinco años adicionales, siempre y cuando se justifiquen las razones, tal y como lo subraya el artículo siguiente.

Declaración patrimonial

Por otra parte, la declaración patrimonial de probidad de inicio y cese de funciones de los funcionarios y empleados públicos, pasarán a la categoría de “Información Confidencial”, que revista en el artículo 24 de la LAIP.

Para consultar el decreto puede entrar aquí.