Diputados avalan elevar prisión hasta 8 años por causar accidentes de tránsito

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La Comisión de Legislación y Puntos Constitucional emitió dictamen favorable para elevar las penas de prisión por el delito de conducción peligrosa, que actualmente puede ser intercambiado por trabajos de utilidad pública, prohibición de manejar o rehabilitación al tratarse de consumo de alcohol.

El aumento

La reforma planteada es al artículo 147-E del Código Penal de «conducción peligrosa de vehículo automotor».

Actualmente, la pena es de 1 a 3 años de cárcel a quien transgreda las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas.

La modificación lo elevaría a 4 años mínimo y 6 años máximo.

En el caso que el delito involucre transporte colectivo o de carga es de 3 a 5 años de cárcel, pero la iniciativa lo aumentaría de 5 a 8 años.

“Hacer nuestro marco legal más estricto y eficiente permitirá que los conductores tomen conciencia y sean más responsables. Toda persona que conduzca un vehículo debe tener claro que debe respetar el reglamento o será sancionado”, señaló el Viceministro de Transporte, Saúl Castelar, quien fue convocado para tratar el tema.

El subcomisionado de la Policía Nacional Civil (PNC), Edwin Núñez, resaltó que en 2021 han incrementado los accidentes de tránsito, registrando un promedio de 54 accidentes de tránsito diarios con una media de 4 a 5 muertos por la misma causa.

Núñez añadió que la principal causa de accidentes de tránsito es la distracción al conducir y la mayoría de detenciones se dan en horas de la noche por conducir bajo los efectos del alcohol.