Por: Redacción YSKL
La mañana de este miércoles, un grupo de organizaciones y personas con discapacidad llegaron a Casa Presidencial, para presentar un escrito en el que solicitan con urgencia la creación del reglamento de la Ley de Inclusión a Personas con Discapacidad, la cual fue aprobada en 2020.
Empero, la legislación entró en vigencia el 1 de enero del 2021 pero no se ha realizado las consultas necesarias (que establece la ley), para desarrollar la reglamentación de su aplicación, dijeron algunos manifestantes a YSKL.
“El plazo de la elaboración y su presentación concluyó en junio de este año. Esperamos que el Estado pueda recordar el compromiso para este sector e inicie la consulta porque es necesario que nosotros demos las aportaciones para un reglamento enriquecido para operar esta ley”, señaló Carolina Vásquez, una de las demandantes.
Además, solicitaron a la Presidencia que exija al Ministerio de Hacienda la asignación presupuestaria necesaria para echar a andar la ley. Así como al Ministerio de Trabajo, para que gire los oficios para inspeccionar a las empresas que contratan a un porcentaje de personas con discapacidad, tal y como exige la ley.
“Tenemos carreras culminadas, pero no se nos dan las oportunidades laborales, necesitamos que haya regulación en este aspecto”, sostuvo Verónica Rivas.
Por último, pidieron al Consejo Nacional para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONAIPD), divulgar el presupuesto provisto para el ejercicio fiscal 2022.
“Lamentablemente el CONAIPD no está desempeñando su labor de rectoría, tiene que estar enfocando las tareas a los ministerios del Gobierno que están dentro del Consejo y se desconoce qué hacen, porque no publican cuál es el presupuesto para el otro año y estamos a octubre”, mencionó a La Poderosa Edgar Saldaña, otro de los manifestantes.
.@XioGalinaYSKL: Organizaciones que trabajan en apoyo para las personas con discapacidad llegan a @PresidenciaSV para solicitar la elaboración del reglamento que permita operativizar la Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad.
— Radio YSKL 📻 💻 📲 (@radioyskl) October 6, 2021
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¿Qué contiene la Ley?
En Agosto del 2020, la Asamblea Legislativa aprobó la nueva ley especial, que contiene un marco normativo para otorgar pensiones, educación inclusiva y apertura en el ámbito laboral.
Bajo esta ley, se deberá crear un fondo especial exclusivo para la ejecución de proyectos o programas de inclusión para beneficiar a las personas que presentan algún tipo de discapacidad, de los cuales el 55 % son mujeres y el 45% son hombres, según datos del CONAIPD, institución que será la encargada de los mismos.
Educación
El Ministerio de Educación deberá garantizar que los centros educativos cuenten con los docentes de apoyo a la inclusión requeridos, así también, la implementación de procesos de formación y capacitación permanente dirigida a docentes en educación inclusiva para las personas con discapacidad.
Asimismo, se reconoce a la Lengua de Señas Salvadoreña (LESSA) como lengua oficial y natural de las personas sordas.
Laboral
Uno de cada 20 empleados debe corresponder a una persona con discapacidad tanto para el sector público como el privado, solo los empleadores que cuenten con menos de esta cantidad están exonerados.
En el caso que las empresas no cuenten con aspirantes, el Ministerio de Trabajo y el CONAIPD remitirán candidatos que cumplan con el perfil establecido, y a falta de estos, se emitirá una constancia de exoneración por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Como parte de las sanciones de no acatar esta disposición, se podrá imponer una multa de uno a nueve salarios mínimos mensuales establecidas por un Tribunal Sancionador.
Pensión
El Estado, a través de las instituciones competentes en materia de seguridad social, asignará una pensión universal diferenciada a dichas personas. Esta diferenciación se determinará por medio de evaluación de su discapacidad realizada por el Ministerio de Salud.
Además, todo cotizante al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), al Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial (ISBM) e Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA), tendrá derecho a inscribir como beneficiarios de los servicios de salud y suministros de medicamentos a sus familiares con discapacidad hasta con segundo grado de consanguinidad que dependa directamente de este.