Sala admite demanda para reabrir el caso penal por la Masacre de Jesuitas

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió la demanda que interpuso el Fiscal General, Rodolfo Delgado, que pedía reabrir el caso penal por la Masacre de Jesuitas en 1989.

El Fiscal interpuso un recurso de amparo contra la resolución de la Sala de lo Penal que cerró la causa en octubre de 2020, cuando esta dictó sobreseimiento definitivo a favor de exmilitares, Juan Orlando Zepeda y Francisco Herrera Fuentes, acusados de ser autores intelectuales del asesinato de los seis sacerdotes y sus colaboradoras.

El Máximo Tribunal señaló que la demanda fue admitida porque «la Sala lesionó los derechos a la seguridad jurídica, a conocer la verdad y a la protección jurisdiccional, a un proceso constitucionalmente configurado y a una resolución de fondo motivada y congruente por declarar nulidad absoluta del proceso penal por la prescripción de la acción penal, a pesar de tratarse de crímenes de lesa humanidad, que según la jurisprudencia constitucional son imprescriptibles».

El Proceso Penal – su origen y su cierre

En el año 2,000, luego de la Ley de Amnistía declarada en 1993, se presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) del sacerdote Jesuita José María Tojeira contra los autores mediatos o intelectuales de la masacre; entre estos, el expresidente Alfredo Cristiani y militares que se desempeñaron como funcionarios en cargos de ministros, viceministros.

De acuerdo con la FGR, el hecho no se podía investigar por la Ley de Aministía; Tojeira interpuso un recurso de revocatoria a esta decisión, también se interpusieron demandas de inconstitucionalidad a referida ley; la Sala de lo Constitucional se pronunció e indicó que no había infracciones a la Constitución, pero los jueces debían considerar cada caso concreto en caso hubiere una excepción. Por lo tanto, la Fiscalía presentó el caso el 23 de octubre de 2,000 ante el Juzgado Cuarto de lo Penal, ahora Juzgado Cuarto de Instrucción; no obstante, el juez declaró sin lugar la investigación solicitada.

El caso fue cerrado.

Reapertura en 2018

En 2016 se declara inconstitucional la Ley de Amnistía y se retoman casos, como el de la Masacre de los Jesuitas y sus autores intelectuales.

En 2018, el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador declaró sin lugar el sobreseimiento definitivo que se dictó en el año 2,000 a favor de referidos imputados.

Interponen recursos contra esta decisión ante la Cámara Tercera de lo Penal, misma que ratifica la reapertura del caso.

No obstante, interponen recurso de casación ante la Sala de lo Penal ese mismo año.

Este mes de octubre el máximo tribunal en materia penal confirmó el sobreseimiento definitivo de los exmilitares y expresidente, a quienes se acusaba de ser autores intelectuales del asesinato de los seis sacerdotes y sus colaboradoras; por lo que no habría opción a la reapertura del caso.

Los acusados

Los militares René Emilio Ponce (falleció en 2011), era Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada; Juan Rafael Bustillo, era comandante de la Fuerza Aérea; Inocente Orlando Montano, exviceministro de Seguridad; Juan Orlando Zepeda Herrera, miembro de “La Tandona» y exviceministro de Defensa; Francisco Elena Fuentes, comandante de la Primera Brigada de Infantería en San Salvador; Rafael Humberto Larios López, General y era Ministro de Defensa; así como el expresidente de la República, Alfredo Félix Cristiani Burkard.

Se les atribuía el delito de asesinato, Art. 154 del Código Penal derogado (1973) en perjuicio de las víctimas Ignacio Ellacuría de Beascoechea, Ignacio Martí Baró, Segundo Montes Mozo, Juan Ramón Moreno Pardo, José Joaquín López López, Armando López Quintana, Julia Elba Ramos y Celina M.