Por: Redacción YSKL
La Comisión Financiera aprobó este viernes reformar la Ley de Tarjetas de Crédito, que busca regular y, eliminar, los cobros de comisiones en concepto de membresía anual a los tarjetahabientes.
Según la Diputada presidenta, Dania González, la ley aprobada en 2009, contenía vacíos que permitían a las entidades financieras abusar con recargos a los consumidores.
“Es muy común que estas empresas hagan uso de términos bonitos o ambiguos en algunos casos para efectuar cobros disfrazados, cuando vemos los contratos no lo establece así, el tarjetahabiente desconocía esto y termina pagando más dinero; además, esa ley dejaba que los bancos o agentes económicos incrementaran como quisieran las membresías, eso se acabó”, enfatizó.
Capacidad de pago
A partir de la aprobación de la ley, cada entidad financiera que emita tarjetas de crédito debe realizar un estudio de calificación de la capacidad de pago del consumidor, así se hará también para extrafinanciamiento, incremento del límite de crédito, refinanciamientos o reestructuraciones.
La emisión de tarjetas no solicitadas (preaprobada) o renovación de las mismas quedará prohibida.
Ofertas nuevas
Asimismo, queda prohibido el acoso en ofertas de productos no solicitados por el cliente, y, de incurrir en esta práctica, las financieras podrán ser denunciadas ante la Defensoría del Consumidor. Se les multará con el límite máximo de la ley y de reincidir, se cancelarán autorizaciones para emitir tarjetas de crédito.
Por otro lado, también la ley obligará a las compañías a notificar a sus clientes por la inactividad de transacciones.
Sobregiros
El techo de sobregiro solamente podrá ser acordado con el aval del cliente en su contrato. Para elevarlo, se necesita de la autorización del dueño de la chequera. Los montos los estipulará la Superintendencia del Sistema Financiero.
No habrá comisiones o recargos
La reforma también contempla que cuando el tarjetahabiente no efectúe transacciones por compra de bienes y servicios y únicamente se dedique a realizar abonos a su deuda, y llegare al límite de disponibilidad como efecto de la contabilización de intereses convencionales y moratorios, no podrá cobrarse ninguna comisión en concepto de sobregiro o recargo adicional.
Se anularán esos cargos en dado caso la tarjeta sea utilizada para compras o pagos de servicios.
En lo que atañe a la comisión por membresía o afiliación, esta no aplicará si la tarjeta de crédito tenga un límite de línea inferior a $2,000 dólares. Si el cliente aceptó esta disposición, la empresa crediticia estará obligada a informar los beneficios que conlleva la tarjeta, que también estarán previamente aprobados en un contrato.
Infracciones
Nuevas prohibiciones aprobaron los parlamentarios: la entidad financiera se hará acreedor de sanciones por “infracción leve” si cancelan automáticamente la tarjeta de crédito por la mera inactividad del usuario. No solicitar al cliente la autorización para gozar del sobregiro. Omitir en el contrato de apertura de línea de crédito, el cobro que se hará en concepto de membresía.
Dentro de las infracciones muy grave, se estatuye el cobro de comisiones en concepto de membresía con límite inferior a $2,000.
Adenda
En 90 días todas las instituciones financieras deberán modificar los contratos con los consumidores para adecuar las reformas.
El dictamen se llevará a la Plenaria programada para el martes 14 de diciembre.