Por: Redacción YSKL
¿Cuántos días la patronal debe otorgar de incapacidad una vez que el trabajador se contagie de COVID-19? El ministro de Salud, Francisco Alabí, respondió a esta pregunta este martes en una entrevista televisiva, en donde sostuvo que aún continúan dándose al menos 14 días, para que el paciente guarde aislamiento hasta reducir el cuadro sintomático.
“Una persona que desarrolla covid-19, no solo se trata de los cinco o seis días que pasa sintomático, por ende, es importante decir que la incapacidad no hace referencia al contagio, sino que a la dificultad de la persona que está experimentando la sintomatología, sino que también esta persona permanece otros cinco, seis o siete días con dificultad respiratoria, que le limita el desempeño de sus actividades”, explicó el funcionario en la Telecorporación Salvadoreña.
“Consideramos prudente el mantener el tiempo, no solo por la facilidad de transmisión, sino también para la recuperación cardiopulmonar de la gente que ha tenido esta enfermedad”, añadió Alabí en dicho espacio.
Según los Lineamientos técnicos para el seguimiento del aislamiento domiciliar y atención ambulatoria de casos sospechosos y confirmados por COVID-19, que divulgó el Ministerio de Salud desde inicios de 2021, se debe cumplir un aislamiento domiciliar por 14 días, no sin antes reportarse al número 132.
Esta línea de apoyo deberá enviar un formulario de incapacidad al domicilio del paciente y éste deberá llenarlo, fotografiarlo y posteriormente compartido al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), este servirá de respaldo para el trámite de reintegro salarial. Los pacientes que son cotizantes del ISSS, podrán aclarar sus dudas sobre el proceso de atención, llamando al 127 opción 1, o escribiendo un mensaje al WhatsApp al 22444777.
La duración del aislamiento para los casos sospechosos de COVID-19 será de 14 días a partir de la fecha de notificación del paciente nexo. Y en los casos confirmados a partir de la toma de prueba confirmatoria.
Posterior a los 14 días del aislamiento domiciliar, sin el requerimiento de una prueba PCR confirmatoria negativa, el paciente podrá ser considerado de alta y podrá retornar a sus jornadas habituales, teniendo en cuenta las medidas de bioseguridad pertinentes. Luego de la llamada de control de finalización de aislamiento, para los casos confirmados con sintomatología leve, que persistan con síntomas posterior a los 14 días del aislamiento domiciliar, se indicará que asista a un establecimiento de salud para una reevaluación médica y valorar postergación de aislamiento domiciliar.