
Por: Redacción YSKL
El 12 de enero del 2022, la Cámara Ambiental de Santa Ana decretó ampliar las medidas cautelares que impiden la construcción de una octava presa hidroeléctrica en el Río Sensunapán, situado en el municipio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate.
Entre las medidas que se han otorgado, es que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), no dará permisos ambientales a la empresa Sensunapán S.A. de C.V. que se mostró interesada en construir el proyecto llamado “Pequeña Central Hidroeléctrica Nuevo Nahuizalco II”.
Además, el Ministerio de Cultura debe proteger y salvaguardar los siete lugares sagrados identificados en la zona de influencia y estará obligado a levantar un informe que tendrá participación de pueblos indígenas y técnicos de dicha entidad.
La política pública que produzca el Estado debe contribuir a poner en valor la riqueza cultural intangible que desde la visión de los Pueblos Indígenas también implica toda la biodiversidad en la cuenca hidrográfica Sensunapán, señalaron organizaciones ambientalistas, que este martes se pronunciaron por la resolución.
Ariela González, de la Fundación de Estudios para la Aplicación de Derechos (FESPAD), una organización que ha acompañado el proceso, aseguró que desde el 2020, la empresa habría sido beneficiada en la etapa de consulta pública y el estudio de impacto ambiental, pues no participaron habitantes de diez comunidades de los cantones Sisimetepec y Pushtan, en Nahuizalco.
Entre las medidas que se amplían por seis meses está la orden girada al @MedioAmbienteSV de no otorgar el permiso ambiental a la empresa Sensunapán S.A. de C.V. de realizar su proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica Nuevo Nahuizalco II”.
— Radio YSKL 📻 💻 📲 (@radioyskl) February 8, 2022
La pandemia del COVID-19 en ese entonces impidió a los afectados participar en la consulta, pues se habían impuesto restricciones a la movilidad.
La región hidrográfica Sensunapán-Banderas, tiene en su cauce, siete proyectos hidroeléctricos bajo la modalidad extractivista de pequeñas represas.
Es la única cuenca que posee un estrés hídrico alto en el país (0.65 según el Sistema de Información Hídrica del MARN), por lo que, según lo ordenado por la Cámara Ambiental, el MARN debe informar de la situación de dichas represas realizando auditorías ambientales e informando sobre la situación en la que estas operan de cara a la protección de la cuenca del río Sensunapán-Banderas y su biodiversidad.
Según la resolución del Tribunal, las medidas cautelares tendrán un plazo de seis meses, para que las instituciones brinden los informes.
“Exigimos a las instituciones involucradas el cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas, respeto por la cosmovisión, conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas y el medio ambiente”, reiteró González.
Los ambientalistas demandaron al gobierno que priorice la gestión sustentable de la región hidrográfica, realizando planes de largo plazo, incluyendo la eliminación de permisos ambientales a proyectos extractivos que vulneran la vida indígena.