Propuesta de ley de bomberos establece medidas de seguridad y multas por incumplimiento

Incendio. Foto: Cortesía.
Foto: Cuerpo de Bomberos.

La Asamblea Legislativa recibió una propuesta de nueva Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador elaborada por el Gobierno, donde además de cambios organizativos, también se establecen medidas de seguridad en establecimientos.

Las personas naturales y jurídicas dedicadas a construcción, industria, comercio o servicios, así como para las remodelaciones o ampliaciones de las ya existentes, deberán ser revisados y certificados por la Unidad de Prevención y seguridad contra incendios de los bomberos.

Infracciones y multas

Infringir la ley en medidas de seguridad implicarán una multa, las leves serán con 10 salarios mínimos, las graves con 20 salarios mínimos y las muy graves con hasta 30 salarios.

Si ocurre un accidente, muerte o lesiones, daños de terceros por inobservancia a medidas de prevención, el propietario del negocio donde se originó el incendio responderá por los daños producidos.

Las infracciones leves:

  • No contar con rutas de evacuación.
  • No designar punto de reunión señalizado.
  • No instalar extintores de forma accesible.
  • No habilitar mínimo dos puertas de salida cuando el establecimiento sea mayor a 50 metros cuadrados.

Las infracciones graves:

  • No instalar extintores.
  • Omitir por negligencia las funciones de inspección
  • No implementar un sistema de alarma de emergencia.

Las infracciones muy graves:

  • Ni implementar lámparas de emergencia.
  • No implementar un sistema contra incendios o certificado a base de agua.
  • No instalar escalera de emergencia externa cuando el edificio sobrepase los 4 niveles de altura.