Dictaminan nueva Ley de Bomberos, ¿qué implica?

Bomberos de El Salvador. Foto: YSKL
Bomberos de El Salvador. Foto: YSKL

La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales dictaminaron la nueva Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador, propuesta por el Gobierno.

Los cambios van desde la organización hasta inclusión de certificados en medidas de seguridad. El dictamen se conocerá en la próxima sesión plenaria de la Asamblea Legislativa para su aprobación.

La institución estará adscrita al Ministerio de Gobernación para efectos presupuestarios y tendrá personería jurídica, por lo que podrá tener patrimonio propio.

¿Qué implica la nueva ley?

Sobre la dirección

El Cuerpo de Bomberos será conducido por una Junta Directiva integrada por los titulares del Ministerio de Gobernación, de Salud, de Defensa, y los Directores de la Policía Nacional Civil (PNC), de Protección Civil y Cuerpo de Bomberos, este último será el ejecutor.

El director, subdirector general, jefaturas y demás personal serán nombrados por la junta directiva.

Centro de Formación

Se establece un centro de formación continua del Cuerpo de Bomberos para capacitar a sus miembros, elaborar planes de selección y evaluar al personal.

Además, las personas naturales y jurídicas dedicadas a construcción, industria, comercio o servicios, así como para las remodelaciones o ampliaciones de las ya existentes, deberán ser revisados y certificados por la Unidad de Prevención y seguridad contra incendios de los bomberos.

Patrimonio

El patrimonio de bomberos será lo fijado en el presupuesto general, los bienes muebles e inmuebles de la institución, donaciones, aportes extraordinarios del Estado, tasas por servicios prestados y otros recursos que reciba.

También se faculta al Cuerpo para emitir títulos valores, es decir, préstamos.

Nuevo Impuesto

Todos tipo de seguros que se venda en el país, extensión, renovación o modificación de pólizas tendrán un impuesto Ad-Valorem que consiste en el 5% sobre la prima del monto asegurado.

Infracciones y multas

Infringir la ley medidas de seguridad implicarán una multa, las leves serán con 10 salarios mínimos, las graves con 20 salarios mínimos y las muy graves con hasta 30 salarios.

Si ocurre un accidente, muerte o lesiones, daños de terceros por inobservancia a medidas de prevención, el propietario del negocio donde se originó el incendio responderá por los daños producidos.

Las infracciones leves:

  • No contar con rutas de evacuación.
  • No designar punto de reunión señalizado.
  • No isntalar extintores de forma accesible.
  • No habilitar mínimo dos puertas de salida cuando el establecimiento sea mayor a 50 metros cuadrados.

Las infracciones graves:

  • No instalar extintores.
  • Omitir por negligencia las funciones de inspección
  • No implementar un sistema de alarma de emergencia.

Las infracciones muy graves:

  • Ni implementar lámparas de emergencia.
  • No implementar un sistema contra incendios o certificado a base de agua.
  • No instalar escalera de emergencia externa cuando el edificio sobrepase los 4 niveles de altura.