Aprueban Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria que disuelve la Dirección Nacional de Medicamentos

Dirección Nacional de Medicamentos (DNM). Imagen de Cortesía.
Dirección Nacional de Medicamentos (DNM). Imagen de Cortesía.

Por Redacción YSKL

Con 65 votos a favor, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este martes, la ley con la cual se crea la “Superintendencia de Regulación Sanitaria”, una institución autónoma que regulará medicamentos, alimentos, entre otros productos de consumo humano.

El lunes, la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa, por mayoría de Nuevas Ideas, aprobó la normativa. «Con la creación de una nueva institución, el Estado tendrá mucha más fuerza para regular, vigilar y fiscalizar el mercado; para que los productos que el pueblo consume sean de calidad», expresó en Plenaria el Presidente de esta mesa legislativa, José Urbina.

Según lo establecido en el anteproyecto de “Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria”, se derogarán los artículos del 3 al 12 de la Ley de Medicamentos, los cuales comprenden la creación, organización, patrimonio y otros aspectos relativos a la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM).

La nueva institución se encargará de regular los medicamentos, los cosméticos, los alimentos, las bebidas y los insumos agropecuarios. Como resultado, los Decretos, Leyes y Reglamentos en que “se mencione o haga referencia a atribuciones concedidas” a la DNM, Consejo Superior de Salud Pública, MINSAL y MAG, quedarán sin efecto.

La Superintendencia estará a cargo de regular, otorgar el registro sanitario, reconocimiento de registro, autorización de comercialización, permisos de importación y exportación, y la vigilancia de los medicamentos, suplementos nutricionales, dispositivos médicos, otras tecnologías sanitarias, cosméticos, higiénicos, productos químicos, alimentos, alimentos para regímenes especiales, bebidas en general, tanto de uso humano como de uso veterinario.

La Junta Directiva estará conformada por universidades privadas con carreras afines a salud, el Consejo Superior de Salud Pública, Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura y Ganadería y Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Las mismas gestiones serán ejecutadas en el caso del  alcohol, tabaco, dispositivos de liberación de nicotina o similares sin nicotina, insumos para uso agropecuario, “todo ello de conformidad a la normativa correspondiente”.

“La presente Ley, por su carácter especial, prevalecerá sobre toda otra disposición legal que la contraríe”, añade el anteproyecto de decreto.

La nueva legislación, que obtuvo el aval del bloque oficialista, entrará en vigencia el 1 de abril de 2024.