Maltrato animal será sancionado con 2 a 4 años de cárcel

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Imagen de referencia.

Entre 2 a 4 años de prisión será la pena por el maltrato animal, según una reforma al Código Penal que aprobó la Asamblea Legislativa en sesión plenaria de este martes; el decreto se aprobó con 68 votos.

A la normativa se agregó el artículo 261 – A de «maltrato animal».

«El que por acción u omisión provoque o genere maltrato, cause sufrimiento, lesiones o daños que menoscaben el bienestar animal o realice conductas zoofílicas contra animales de compañía, doméstico o cualquier otro animal que no viva en estado salvaje será sancionado con pena de prisión de 2 a 4 años», relata el inciso agregado.

La pena podrá ser conmutable si es menor de 3 años de cárcel por trabajos de utilidad pública o por días multa, según explicaron los diputados.

Además, la pena aumentará una tercera de la máxima; es decir, hasta llegar a los 5 años con tres meses si hay ensañamiento, si se le provoca la pérdida de sentidos, órganos o miembros al animal; si el hecho se produjo frente a un menor de edad y si su produjo la muerte.

Esto también implicará una multa de 3 a 5 salarios mínimos.

Los diputados también avalaron que exista la excusa absolutoria para que el imputado no enfrente prisión si lo avala la unidad de protección animal municipal.

El delito será de acción pública, por lo que podrá imputarse sin previa denuncia.

No serán incluidas en esta sanción penal las actividades productivas, investigaciones científicas, intervenciones veterinarias que por el estado de salud del animal requieran terminar con su vida; así como accidentes que no se hayan producido por negligencia o intención de causar daños, «corridas taurinas, deportes o prácticas de deportes», dicta la reforma.