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Compensación adicional para empleados públicos podrá pagarse a partir del 1 de octubre

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa reformó este miércoles, con 60 votos a favor y mediante dispensa de trámite, la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo para ampliar el periodo durante el cual puede efectuarse el pago de esta prestación a los empleados del sector público.

La modificación establece que los pagos podrán realizarse entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre de cada año.

La normativa anterior permitía efectuarlos desde el 20 de octubre hasta el 20 de diciembre.

Pago podrá realizarse desde el 1 de octubre

La reforma modifica el inciso primero del artículo 11 de la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo, vigente desde 1994 y aplicable al personal civil y militar al servicio de la Administración Pública.

El nuevo texto establece que “los pagos correspondientes a la compensación adicional en efectivo podrán efectuarse entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre de cada año”, sin que puedan realizarse después de la fecha límite establecida.

La reforma amplía así en 19 días el periodo disponible para efectuar el pago de esta compensación.

Hacienda con facultad para establecer fechas de pago

El texto aprobado únicamente modifica el primer inciso del artículo 11.

El segundo inciso de la disposición, que faculta al Ministerio de Hacienda para establecer mediante el acuerdo ejecutivo correspondiente las fechas en que deberá materializarse el pago, no es modificado por este decreto.

La Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo fue aprobada mediante Decreto Legislativo, el 15 de diciembre de 1993, y publicada en el Diario Oficial el 4 de enero de 1994.

En los considerandos de la reforma, el Legislativo señala que la ampliación del periodo busca generar condiciones económicas favorables para los servidores públicos y dinamizar la actividad económica.

El decreto aprobado es de orden público y entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

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