Por Redacción YSKL
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que este martes 29 de septiembre finaliza el plazo para que los ciudadanos interesados en competir como candidatos no partidarios en las elecciones legislativas de 2027 presenten sus solicitudes y los libros para la recolección de firmas.
“En cumplimiento de las Disposiciones para la Postulación de Candidaturas no Partidarias en las Elecciones Legislativas y del Calendario Electoral; recordamos la fecha límite de inscripción: 29 de septiembre de 2026”, informó el organismo electoral.
La fecha corresponde a la etapa inicial del proceso para quienes buscan postularse a una diputación sin el respaldo de un partido político.
Las elecciones legislativas están programadas para el 28 de febrero de 2027.
Antecedentes de candidaturas independientes
Para las elecciones legislativas de 2027, hasta el cierre del plazo señalado por el TSE no se habían registrado pronunciamientos públicos de ciudadanos que anunciaran su intención de competir por una diputación bajo esta modalidad.
El antecedente más reciente de un candidato no partidario que obtuvo un escaño legislativo corresponde a Leonardo Bonilla, quien consiguió una diputación en las elecciones de 2018 por residuo.
Desde los comicios de 2021, ningún candidato independiente ha obtenido un escaño en la Asamblea Legislativa.
La normativa también establece que los candidatos no partidarios no pueden formar alianzas o coaliciones con partidos políticos ni con otras candidaturas de esta misma modalidad, y que su financiamiento debe sujetarse a mecanismos de fiscalización electoral.
Requisitos para competir sin partido
De acuerdo con las disposiciones que regulan estas candidaturas, la solicitud de inscripción para una diputación debe presentarse de manera individual y personalmente por el candidato propietario y su respectivo suplente.
El Código Electoral establece que las candidaturas no partidarias deben cumplir con los requisitos legales y constitucionales correspondientes.
Entre los requisitos establecidos para avanzar hacia la inscripción se encuentran:
- Presentar las firmas y huellas de respaldo requeridas según el número de electores de la circunscripción.
- Contar con un candidato propietario y su respectivo suplente.
- Presentar una plataforma legislativa para el período al que se postula.
- Entregar un proyecto de presupuesto para financiar la campaña.
- Presentar una fianza equivalente, como mínimo, al 25 % del presupuesto de campaña.
- Declarar bajo juramento que el candidato no está afiliado a un partido político ni respalda a otra candidatura no partidaria.
La normativa contempla cuatro rangos para la cantidad de respaldos requeridos: 6,000 firmas en circunscripciones de hasta 300,000 electores; 8,000 cuando hay entre 300,001 y 600,000; 10,000 entre 600,001 y 900,000; y 12,000 cuando la circunscripción supera los 900,000 electores.
Proceso de recolección de firmas
Las disposiciones establecen que los ciudadanos interesados deben solicitar al TSE el reconocimiento como candidatos no partidarios y presentar los libros destinados a recolectar las firmas necesarias.
El Tribunal debe autorizar esos libros y posteriormente verificar las firmas y demás requisitos presentados antes de emitir, si corresponde, la constancia que habilita la inscripción de la candidatura.
La normativa también contempla la posibilidad de constituir grupos de apoyo, integrados por un mínimo de diez ciudadanos residentes en la misma circunscripción electoral departamental.

