Sala de lo Constitucional avala incorporación de fotografía de candidatos a Alcalde en papeletas de votación

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), resolvió la controversia entre la Presidencia de la República y la Asamblea Legislativa, relacionada a las reformas al Código Electoral para añadir el rostro del candidato a Alcalde en la papeleta de votación.

El Presidente Nayib Bukele, estableció que dicho decreto transgrede el artículo 138 de la Constitución, porque el congreso sólo decidió superar el veto sin analizar el trasfondo legal: era inconstitucional porque violaba el principio de igualdad, al permitir sólo la foto del edil, y dejando de lado la foto de su planilla a Concejo Municipal.

“Ya que no existe una razón que justifique que el candidato a alcalde a un concejo municipal por un partido político o coalición, sea el único de los aspirantes de una planilla cuya fotografía se incluya en la papeleta de votación”, señaló el Gobierno en el veto.

Además el Ejecutivo planteó que se transgrede el equilibrio presupuestario, como lo establece el artículo 226 de la Constitucional; y el principio de racionalidad del gasto público que deriva de este. “La Asamblea Legislativa no consideró el impacto fiscal y presupuestario que las reformas electorales tendrían”.

Sin embargo los Magistrados expusieron que le daban la razón al Gobierno con lo expresado con el artículo 138 de la Carta Magna; pero que la consideración del veto, sí ocurrió.

También sobresee al congreso de violar el principio de igualdad, ya que “por la razón que el término de comparación alegado con el Presidente de la República no es idóneo, ya que las candidaturas para los cargos de alcalde, síndico y regidores en un concejo municipal tienen diferencias relevantes, que impiden su equiparación”.

Por otra parte no dio paso a considerar que se violó el principio de racionalidad del gasto público como derivación del equilibrio porque el gasto adicional de una normativa se propone en el Presupuesto Especial y Extraordinario de Elecciones; “el cual aún no ha sido remitido a la Asamblea Legislativa para su discusión y aprobación, siendo imposible evaluar –en esta etapa- la observancia al principio de equilibrio presupuestario”.

El tribunal constitucional ordenó al Presidente Bukele sancionar y mandar a publicar en el diario oficial el decreto legislativo.