Plazos judiciales y procesales estarán suspendidos por ocho días más a partir del vencimiento de ley de emergencia

A pesar que no se amplíe el Estado de Emergencia, la Asamblea Legislativa aprobó una disposición transitoria que permite suspender plazos judiciales y procesales de cualquier materia, ya sea civil, penal o mercantil, por ocho días, desde el 17 de mayo, día posterior al vencimiento de la emergencia, hasta el 24 del mismo mes y podrá ser prorrogado.

Esto implica los plazos en materia penal común y especializada; a excepción de los términos de inquirir y las audiencias de juzgados de paz que se mantienen operando. Tambien aplica para las audiencias del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

A partir de la extensión del plazo, no incurrirán en incumplimientos de obligaciones contractuales y tampoco penalidades civiles y mercantiles, todas aquellas personas que se vean imposibilitadas de cumplir sus obligaciones por estar afectadas directamente por las medidas aplicadas en cumplimiento de esta ley.

Por su parte, el Fiscal General, Raúl Melara, había solicitado al Parlamento ampliar la suspensión de estos plazos por seguridad jurídica.

En lo que corresponde al sistema financiero , el comité de normas del Banco Central de Reserva de El Salvador dictará la normativa correspondiente.