Sala declara inconstitucional decreto legislativo que reorientaba fondos a Fomilenio por no ser consultivo con Hacienda

Foto: Óscar Machón / DEM

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el decreto 771 que contiene la reforma al decreto 640 para otorgar $354.2 millones para el pago del Fondo para el Desarrollo Social (FODES) que se adeuda por siete meses a las alcaldías, recursos a la contrapartida de FOMILENIO II, así como pensión a veteranos y excombatientes de guerra.

Referida reforma aprobada el 26 de noviembre de 2020 por la Asamblea Legislativa fue vetada por el Presidente Nayib Bukele por considerarla inconstitucional al no ser consultiva con el Órgano Ejecutivo, específicamente, con el Ministerio de Hacienda.

En la modificación se consideró que en el decreto 640 de fideicomiso y pago a proveedores privados del Estado, se tuviera una nueva distribución: $288.2 millones para el FODES de siete meses, $50 millones para FOMILENIO II para concluir proyectos, $16 millones para pago de pensión a veteranos para finalizar el año, $45.8 millones al pago de proveedores del Estado (solo este rubro sí estaba, pero fue reducido).

La controversia fue resuelta por el máximo tribunal y esto señaló:

A pesar que el Parlamento alegó que se basó en la solicitud de asignación presupuestaria que formuló el Ministerio de Hacienda de los $1,000 millones conseguidos en con la emisión de bonos ante el mercado internacional; la reforma hecha y los rubros incluidos no fue a iniciativa del Ejecutivo y los cambios realizados al decreto original fueron sustanciales que necesitaron su intervención.

Por lo que no se cumplió con el procedimiento constitucional de la formación de ley en cuanto al equilibrio presupuestario que señala la Carta Magna en su artículo 226, ya que debió consultarlo con el Ejecutivo.

«La propia Asamblea Legislativa ha reconocido que, de manera unilateral, al estudiar la solicitud hecha por el mencionado ministro, la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto consideró la urgencia de incluir fondos», señalaron los magistrados.

Además, la Sala explicó que a pesar que en la elaboración original del decreto 640 sí participó el Ejecutivo, los cambios realizados disminuye y suprime dos rubros, «en virtud de los principios de planificación y equilibrio presupuestario, era constitucionalmente requerida la intervención del Órgano Ejecutivo».

Por otra parte, los magistrados desestimaron que se trate de una violación al equilibrio presupuestario por incluir los nuevos rubros, ya que ni siquiera estaban introducidos previamente al presupuesto general y establecen una fuente de financiamiento para los gastos de las partidas que reciben dicho refuerzo presupuestario.

Aunque la reforma sea inconstitucional, la instancia judicial urge que se atienda Fomilenio, la pensión de veteranos y los recursos de FODES, pero debe involucrar a ambos órganos en la formación de ley.