Próximo 15 de junio se conocerá el fallo del juicio contra exministro de Salud, procesado por negociaciones ilícitas

Exministro de Salud, Guillermo Maza. Foto: Cortesía.

El fallo o sentencia del juicio contra el exministro de Salud, José Guillermo Maza Brizuela y diez personas más, por los delitos de estafa agravada, negociaciones ilícitas y falsedad documental, se conocerá el próximo 15 de junio, según la programación del Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador.

El caso se conoció bajo el proyecto de Reconstrucción de Hospitales y Extensión de los Servicios de Salud (RHESSA).

En el desarrollo de la audiencia de sentencia, rindieron declaración 13 testigos de cargo y uno de descargo, juicio que tuvo una duración de 15 días, desde el 22 de abril.

Los acusados 

José Guillermo Maza Brizuela, Wilfredo Aponte Cuéllar, César Rolando García Herrera, Ricardo Alberto Barrera Alemán, José Ladislao López Paz, Guillermo Rafael Alfaro, Arturo Ernesto López Mejía, Manuel Eduardo Coronado Paíz, Gehard Rudolf Bolmann, Juan Antonio Miranda Morales y Rolando Alberto Choriego Echeverría.

Sobre el caso

En el proceso se acusa además del exministro, a contratistas, empresarios de la construcción y a un abogado de estafa agravada, uso y tenencia de documentos falsos por la reconstrucción del Hospital  San Pedro de Usulután y la construcción del Hospital Santa Gertrudis, de San Vicente; en el marco del  proyecto Reconstrucción y Equipamiento  de la Red de Hospitales Públicos (RHESSA).

El exministro Maza Brizuela, fungió como titular del Ministerio de Salud de 2004 al 2009, en el periodo presidencial de Elías Antonio Saca y según la Fiscalía General de la República (FGR), se detectaron irregularidades en las construcciones de referidos nosocomios, que causó un perjuicio económico al Estado por $5 millones 142,96.57.

Por el proyecto del Hospital Santa Gertrudis, el monto es de $1 millón 052,043.77, mientras que por el Hospital San Pedro en Usulután, presuntamente lo defraudado oscila en $4 millones 090,052.80.

Las negociaciones ilícitas, según el artículo 328 del Código Penal se refieren a: «El funcionario o empleado público que debiendo intervenir por razón de su cargo, en cualquier contrato, licitación, subasta, decisión o cualquier operación, se aprovechare de tal circunstancia para forzar o facilitar cualquier forma de participación directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación especial del cargo o empleo por el mismo tiempo».

Además, la normativa señala que el funcionario que «interviniere en cualquier contrato, suministro, licitación o subasta en que estuviere interesada la Hacienda Pública y aceptare comisiones o porcentajes en dinero u otras dádivas que le ofrecieren los interesados o intermediarios, será sancionado con prisión de dos a cinco años».

Todos los acusados fueron sobreseídos por el Juzgado Primero de Instrucción, el 24 de abril de 2017. En noviembre de 2017 la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, revocó el sobreseimiento definitivo pronunciado por el juez y le ordenó apertura del proceso, no obstante, la defensa, presentó un recurso de casación a la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el cual no fue favorable para el imputado.