Por: Redacción YSKL
Un decreto transitorio denominado «Disposiciones especiales de Suspensión de Concentraciones de Eventos Públicos y Privados» fue solicitado por el Ministro de Salud, Francisco Alabí, a la Asamblea Legislativa, debido al alza de casos de COVID-19 en el país.
El documento, que fue llevado este martes, establece que «pese a las recomendaciones de salud pública, se ha evidenciado un auge en el desarrollo de concentraciones, mítines y eventos públicos tales como fiestas patronales, eventos deportivos, conciertos, etc. en donde se ha puesto en manifiesto la participación de un gran número de personas, así como el incumplimiento de medidas de bioseguridad, generando un incremento sostenido de casos en los últimos quince días».
«Son eventos deportivos abiertos al público, las actividades pueden continuar, siempre que no generen aglomeraciones. Sin público», aclaró el funcionario sobre las actividades relacionadas al deporte.
#LoÚltimo || Los conciertos, mítines, eventos deportivos abiertos al público y festejos patronales, estarán suspendidos, afirmó @FranAlabi.
— Radio YSKL (@radioyskl) July 13, 2021
Alabí afirmó que los permisos para la realización de eventos abiertos al público, festejos, eventos deportivos o fiestas patronales quedarán revocados. En las demás concentraciones de personas no prohibidas a la normativa, será obligatorio el uso de mascarilla.
En otro tema, el proceso de vacunación contra la COVID-19, se declarará de interés nacional para fomentar la inmunización, «hemos visto cómo muchos salvadoreños han iniciado su proceso de inmunización, o han completado su esquema de vacunación, pero relajan las medidas o dejan de cumplirlas, en el marco del desarrollo de la pandemia, es muy importante regular y normalizar todas las estrategias necesarias para frenar el avance del COVID-19», indicó el funcionario.
El incumplimiento de las nuevas medidas, es decir, las personas que convoquen, promuevan u organicen concentraciones de personas, incurrirán en responsabilidad penal y serán sancionados a una pena de 20 a 100 salarios mínimos urbanos para el sector comercio y servicio.
El establecimiento (persona jurídica) que incentive a las aglomeraciones enfrenta un cierre temporal o definitivo, sin perjuicio de las infracciones que se determinen en el Código de Salud.
La Fiscalía General de la República (FGR) actuará de oficio para procesar a los que incumplan las medidas, y serán acusados de Desobediencia de Particulares, conforme al artículo 338 del Código Penal.
Las instituciones que forman parte del Sistema Integrado de Salud están obligadas a «ejercer la vigilancia y supervisión pertinentes a efectos de resguardar el cumplimiento de las disposiciones», señala el decreto. Por otra parte, las disposiciones «por su carácter especial» prevalecerán sobre cualquier otra ley que la contraríe, y se declarará una ley de orden público.
Diputados de Nuevas Ideas, que integran la Comisión de Salud de la Asamblea, acompañaron la propuesta y aseguraron que en la sesión plenaria de este mismo martes se le dará trámite y sería aprobada.
De ser así, a partir de su publicación en el Diario Oficial comenzará a tener vigencia durante 90 días, con disponibilidad de prórroga.
A la fecha se registran 81,644 casos positivos de coronavirus; 74,388 son pacientes recuperados y 2,457 personas han perdido la vida por el virus.