Por: Redacción YSKL
La Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa aprobó este jueves la mitad del articulado que compone la Ley Especial de Regulación de los Servicios de Seguridad Privada.
Edgardo Mulato, Presidente de esta instancia, manifestó que la nueva legislación contendrá multas y jornadas laborales reguladas a favor de los agentes de seguridad. Además, incluirá deberes y derechos tanto de las empresas contratantes como de los vigilantes.
Y es que los parlamentarios aprobaron 90 artículos de los 151 que contempla este proyecto de ley. “Tenemos más de 100 días de estudiar este proyecto, tuvimos en esta comisión a empresarios, sindicalistas, organizaciones de trabajadores, la Policía Nacional Civil y contamos con la presencia del Ministro de Trabajo, Rolando Castro, quien nos brindó muchos insumos para afinar esta ley”, afirmó Mulato.
De acuerdo al legislador, la ley pretende regular la actividad de las 468 empresas de seguridad registradas, en donde laboran 27,300 elementos.
Uno de los acuerdos que tomó la junta, es que el monto de seguro de vida o invalidez ascienda a 40 salarios mínimos vigentes al sector servicios.
Horarios
El artículo 87 de la propuesta de ley contemplaría que esta será de ocho horas diarias para hacer un total de 44 horas semanales en jornada diurna y de siete horas diarias para completar 39 horas semanales en una jornada nocturna. Además, toda modificación en los horarios deberá de ser en común acuerdo.
Permisos
Los diputados analizaron la vigencia de la autorización del funcionamiento de estas empresas, por lo que votaron a favor de que el permiso para ello fuera por un año máximo y este podrá ser renovado por otro periodo igual.
Otras de las cifras determinadas fue el pago de los derechos fiscales por la primera autorización para el funcionamiento: Tres salarios mínimos del sector comercio.
Además, habrá cancelaciones de las agencias que se someterán a una renovación del permiso de funcionamiento acorde a la cantidad del personal contratado. Las que tengan 50 personas pagarán tres salarios mínimos; de 51 a 300, seis salarios mínimos; de 301 a 1000, 10 salarios mínimos; y de 1001 en adelante, 12 salarios mínimos.
Sobre las infracciones cometidas al no cumplir lo que la ley dicta, las empresas deberán cancelar por faltas leves un total de 10 a 20 salarios mínimos; por las graves, de 21 a 40 salarios mínimos; y por las muy graves, una cancelación definitiva de la autorización del funcionamiento de estas.
Derechos y deberes de empleados y empleadores
Los aspirantes a ingresar al rubro de la seguridad privada deberán presentar una constancia médica y psicológica a su contratante, con ello verificarán que tiene la capacidad física y mental para desempeñar sus funciones.
Deberán de tener licencia para el uso de un arma de fuego y una constancia de antecedentes penales, pero de acuerdo a la normativa discutida en la Comisión, los empresarios no deberán poner como requisito que el futuro agente de seguridad sea propietario de un arma.
Otro de los apartados es que los empleadores deberán asumir con el costo de los uniformes y el equipo de trabajo necesario.
Los agentes que se conviertan en padres tendrán derecho a 15 días de paternidad remunerado y para las madres una pausa de lactancia de acuerdo a Código de Trabajo. Por otra parte, los empleados de seguridad no deben ingerir bebidas alcohólicas durante sus labores, cumplir con la puntualidad y los horarios de trabajo, cuidar el equipo asignado, respetar a sus superiores, obedecer indicaciones y atender de manera armoniosa al público.
Participación del Estado
El ministerio de Justicia y Seguridad Pública, a través de la Policía Nacional Civil (PNC), llevará la inspección de estas entidades. Para ello, la unidad de División de Registro y Control de Servicios de Seguridad Pública supervisará la legalidad y correcto funcionamiento de estas empresas.
Es por eso que esa sección policial trabajará en colaboración con la División de Armas y Explosivos, con la Dirección de Logística del ministerio de la Defensa Nacional, con el ministerio de Trabajo y Previsión Social, entre otras.
Cada tres meses, los empresarios de este rubro deberán presentar un informe de sus actividades a la División, en donde detallen las capacitaciones, los recibos de pagos de planillas del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), faltas disciplinarias y delitos penales cometidos por sus empleados, entre otros datos.
Por otro lado, para garantizar el personal de estas compañías ejecutan sus labores de forma adecuada, estos deberán someterse a un examen toxicológico cuando así lo requiera la PNC.
La Comisión pausó la discusión y retomará el resto del articulado la próxima semana.