Corte Suprema incluye en régimen de disponibilidad a jueces y magistrados que no renunciaron con reformas a Ley de Carrera Judicial

Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Óscar López Jerez. Foto: Cortesía.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) informó este lunes que los jueces y magistrados que no interpusieron su renuncia hasta el 24 de septiembre pasado por las reformas a la Ley de la Carrera Judicial serán incluidos en el régimen de disponibilidad.

Las reformas cesarían a 216 juristas por tener más de 60 años de edad o 30 años en funciones.

El Pleno de la Corte aprobó ceder un bono de 24 meses de salario a los jueces que renunciaran antes del 24 de septiembre, el resto debía someterse a un régimen de disponibilidad; es decir, estarán en las instancias que necesiten sus funciones y podrían ser trasladados, bajo acuerdos de los magistrados.

«Informamos a magistrados y jueces que fueron absorbidos con el Decreto Legislativo N° 144 y que no presentaron su renuncia antes del 24/09, como lo establecía la reforma a la Ley de la Carrera Judicial, que se han incluido en el régimen de disponibilidad aprobado por Corte Plena», publicó la Corte en su cuenta de twitter.

De los 216 jueces que serían cesados, cerca de 90 interpusieron su renuncia, otros se declararon bajo el régimen de disponibilidad y el resto no tomó ninguna acción, como el juez que conocía el caso de la Masacre de El Mozote en el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera, Jorge Guzmán, a quien la Corte misma pidió quedarse con el caso, a pesar de las reformas, bajo un régimen especial.

«Los funcionarios judiciales quedarán sujetos a esta disposición sin previa evaluación y continuarán por 5 años prorrogables con sus funciones y en las sedes judiciales asignadas; contando con seguro médico hospitalario y prestaciones otorgadas por el Órgano Judicial», detalló la Corte.