Diputados acuerdan elevar la pena de cárcel contra los que porten armas de forma ilegal y la utilicen para hechos delictivos

Arma de fuego incautada por la Policía Nacional Civil a estructuras de pandillas. Foto: PNC.
Arma de fuego incautada por la Policía Nacional Civil a estructuras de pandillas. Foto: PNC.

Por: Redacción YSKL

La propuesta del incremento de penas de cárcel por los delitos de tenencia y uso de armas de guerra, así como de explosivos artesanales, fue aprobada por la Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa.

Se trata de un pliego de reformas al Código Penal a iniciativa del Ministerio de Seguridad, que argumentó que la mayoría de homicidios se ejecutan con armas de fuego, de acuerdo con datos de la Policía Nacional Civil (PNC), de los 1,332 homicidios reportados en 2020, el 70% fueron perpetrados con arma de fuego, además, en dicho período, fueron incautadas 1,600 armas de fuego, la mayoría sin registrar.

El artículo a modificar en este caso es el 346 del Código Penal que, actualmente, establece prisión de tres a cinco años para quienes tuvieren, portaren o condujeren un arma de fuego sin licencia para su uso o matrícula correspondiente de la autoridad competente.

En ese sentido, la “tenencia, portación, empleo, adquisición, referencia, conducción, conservación ilícita” de una o dos armas de fuego o de guerra, será sancionado de 10 a 15 años cárcel. Actualmente es de 4 a 10 años.

Quien establezca depósitos ilegales de tres o más armas, aunque las piezas de estas estuvieran desmontadas, será sancionado con prisión de 15 o 20 años de cárcel.

La fabricación, portación, comercio, tenencia ilegal de armas de fuego, explosivos caseros o artesanales como trabucos, escopetas o cartuchos de percusión, tiene una pena de 4 a 8 años y se pide elevarla a un rango de prisión de 10 a 15 años.

Además, se incluye una pena de 10 a 15 años de cárcel, para los que utilicen armas de fuego sin licencia y quienes usen armas de fuego en lugares prohibidos o bajo efectos de alcohol y sustancias psicotrópicas.

De 10 a 20 años se le impondrá a quien provea de armas y municiones para aumentar poder delictivo de agrupaciones ilícitas o crimen organizado.

La agravación especial propuesta en la reforma sancionaría con una tercera parte más a la pena cuando las armas sean producto de un delito, hayan sido modificadas para aumentar su letalidad, tengan reporte activo de robo, el autor sea parte de grupos ilícitos o su utilización tenga relación con países que fomenten el terrorismo, entre otras.

“Esta reforma va contra la portación de armas ilegales, quiere decir aquellas personas que no se han tomado las molestias de registrar sus armas e inclusive el arma que maneja es producto de un robo que ha hecho y la ocupa para hechos delictivos”, manifestó Marcela Pineda, Presidenta de la Comisión de Legislación.

Por su parte, la Diputada Evelyn Merlos, aclaró que la reforma no criminalizará la portación de arma de fuego, sino más bien aquellas conductas que se cometan con ellas, “no desarmaremos a los buenos y responsables ciudadanos, y también hay que comprender que un arma ilegal en manos de delincuentes la utilizarán para cometer todo tipo de ilícitos, tales como violaciones, robos, amenazas y en el peor de los casos para quitar una vida humana”.