Reformas al IAIP descalificará al país en transparencia, afirma Centro para la Democracia y Derecho

Gobierno. Imagen de referencia.
Gobierno. Imagen de referencia.

Por: Redacción YSKL

El Centro para la Democracia y el Derecho (CLD) ve con preocupación las propuestas de reforma a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), ya que, de ser aprobadas, aseguran que limitarán la transparencia y el derecho de acceso a la información en El Salvador.

«Esta situación es lamentable, dado que la actual ley es robusta e históricamente ha sido un referente regional. En el índice de Derecho de Acceso a la Información del CLD (RTI Rating por sus siglas en inglés), que clasifica las leyes del derecho de acceso a la información a nivel mundial (rti-rating.org), El Salvador tiene una buena ubicación, clasificándose en el puesto 11 a nivel mundial», informó el centro mediante un comunicado.

En su misiva puntualizan que las modificaciones que se pretendan realizar a una ley que constituye un derecho consagrado en la Constitución de la República, debe ser en aras de fortalecer la transparencia, no al contrario, señaló Toby Mendel, Director Ejecutivo del CLD. “En cambio, el Gobierno de El Salvador ha optado por hacer lo contrario y socavar el derecho de acceso a la información en El Salvador”.

Las principales preocupaciones de la CLD sobre las reformas propuestas son: Las respuestas a las solicitudes de información ya no tendrían que entregarse con prontitud, pues el plazo para responder aumentaría a 20 días. Esto implicaría que El Salvador bajaría tres puntos en el índice RTI; las sanciones previstas en la LAIP, se aplicarían a los particulares y no solo a los funcionarios públicos, por el uso de información pública. «Esto podría exponer a la sociedad civil o a los periodistas a sanciones por informar sobre información que ya ha sido divulgada por un tercero», expone el pronunciamiento.

En otro tema, cuestionaron que el Gobierno tendrá facultades para reclasificar información que es de naturaleza oficiosa, «de modo que podría restringir fácilmente la divulgación automática de información al público».

Además, la conformación de miembros fue criticada: «Ya había problemas con el proceso de selección de los miembros del organismo garante del acceso a la información (Instituto de Acceso a la Información Pública- IAIP), en particular en lo que respecta a la interferencia política, por ejemplo, porque el presidente nombraba formalmente a todos los miembros. Sin embargo, las reformas limitarían aún más el papel de los actores no gubernamentales, incluida la sociedad civil, en la proposición de candidatos».

Las reformas, dijeron, también limitarían las circunstancias en las que un solicitante de información puede acudir personalmente a consultar directamente copias físicas de la información.

Las reformas que fueron presentadas en julio de 2021 por el Gobierno y que tras críticas había sido engavetada, fue dictaminada por la Comisión de Legislación y estaba agendada para ser aprobada en la sesión plenaria del martes 1 de febrero del 2022 en la Asamblea Legislativa; sin embargo, Nuevas Ideas desistió en horas de la tarde.

Fue la diputada cyan Marcela Pineda, presidenta de la referida comisión, quien pidió en el pleno que el dictamen regrese al estudio de la instancia legislativa.

Organizaciones piden rechazar reformas a la Ley de Acceso a la Información Pública que declara en reserva informes de funcionarios

¿Qué contienen la reformas?

Información reservada

A pesar que prescindieron de la redacción de la propuesta del Ministerio de Gobernación sobre la información reservada, le dieron la misma connotación a otro apartado, pues la reforma al artículo 21 señala que se puede considerar como reservada o confidencial la información pública por las instituciones.

La información hace referencia al artículo 10 de la LAIP, entre las que destacan los directorios, correos, salarios y currículum de funcionarios públicos; detalles de asesores; presupuestos asignados a instituciones gubernamentales; contratación de personal; remuneraciones, por categoría salarial, dietas y gastos de representación; planes operativos; listados de viajes de titulares, que involucren fondos públicos; informes contables; inventarios y financiamiento de obras.

Esta categoría se motivaría en que la información pueda amenazar el interés jurídicamente protegido o que el daño en revelarla sea mayor al interés publico en conocer la información, aspectos que serán considerados por la institución.

Selección de Comisionados

La ley ya otorga la responsabilidad de elegir a los Comisionados al Presidente de la República desde una terna propuesta por cinco sectores que coordinan carteras de Estado, como empresarios, sindicatos, maestros, periodistas y asociaciones; sin embargo, las reformas darán más atribuciones al mandatario.

El jefe de Estado definirá la reglamentación, plazos y procedimiento de convocatoria; en la actual redacción estos ya eran definidos.

Además, en caso de renuncia, remoción o muerte de comisionados, el suplente lo sustituirá si así lo considera el Presidente.

El presidente del IAIP podrá modificar la estructura organizativa según crea conveniente.

Aumentan plazo para entregar información

La respuesta a solicitud se notificarán en un plazo 20 días hábiles, siempre que la información no exceda de 5 años que se generó; si excede, el plazo se ampliará a 10 días hábiles más.

Si en cinco días hábiles el solicitante no retira la información que le fue generada, será archivada y necesitará ser solicitada nuevamente.