Adquisición o traslado de inmuebles, expropiación e inaplicabilidad de LACAP: ¿En qué consiste la ley especial de construcción de cárceles?

Foto: Referencia de Centros Penales.
Foto: Referencia de Centros Penales.

La Ley especial para construcción de centros penitenciarios será aprobada este martes por la Asamblea Legislativa, propuesta por el Presidente del Parlamento, Ernesto Castro.

Según se planteó en la solicitud de dispensa de trámite, la normativa establece un marco para la planificación, diseño, construcción y mantenimiento de «los centros penitenciarios que sean necesarios» ante el incremento de los privados de libertad por las capturas bajo el régimen de excepción.

Dos semanas atrás y con el inicio de dicho régimen, el Presidente Nayib Bukele ordenó construir una nueva cárcel de máxima seguridad para albergar a pandilleros.

¿En qué consiste la ley especial de construcción de cárceles?

El Ministerio de Obras Públicas (MOP) será el encargado de la planificación, diseño y construcción de Centros Penales, coordinando lo pertinente con la Dirección General de Centros Penales (DGCP), esta última tendrá la labor de la operación, dirección, administración y mantenimiento.  

El MOP podrá para asociarse y celebrar convenios con privados o construir sociedades para dicho fin, por lo que preparará por su cuenta los estudios y construcción o contratará a una empresa para hacerlo.

También podrá adquirir los inmuebles necesarios para la construcción de cárceles; además de dar asistencia junto al Estado a los afectados con los proyectos.

No aplicarán la LACAP

Para la construcción de las cárceles y todas las compras que conlleva, no se aplicarán las disposiciones de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), excepto en infracciones y sanciones por incumplimiento en la ejecución y liquidación de contratos, señala dicha ley.

Además, todos los procesos serán exonerados de impuestos.

Adquisición de inmuebles o expropiación

El MOP podrá declarar de utilidad pública los bienes, edificaciones que comprendan el área de construcción de los centros penitenciarios                   

Los propietarios de los inmuebles podrán acercarse voluntariamente para vender su propiedad luego que la zona a intervenir fuera publicitada bajo el Diario Oficial, de no ser así, el MOP puede recurrir a la Fiscalía General de la República (FGR) y juzgados, por lo que podrán expropiar a los que no se sometan al proceso.