Acuerdan reformas a la Ley de Firma Electrónica

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La Comisión de Economía dictaminó favorable las reformas a los artículos 43 y 46 de la Ley de Firma Electrónica para permitir que más instituciones públicas se acrediten como proveedoras de procesos de certificación para extender documentación de forma digital válida.

La iniciativa contempla que las instituciones públicas que desean acreditarse como proveedoras de servicios de certificación presenten un plan de acción que detalle la forma de indemnizar los daños y perjuicios en caso de incumplimientos a la ley.

Estas modificaciones establecen la agilización de los procesos de las empresas proveedoras de servicios de firma electrónica. Es decir, que al estar acreditadas podrán operar de forma inmediata y ya no tendrán que cumplir el tiempo de espera de 10 días hábiles para realizar sus prestaciones.

Algunos servicios que se brindan en entidades gubernamentales relacionados con la firma electrónica son trámites de apostilla electrónica, cartilla de vacunación de la COVID-19, pasaporte, entre otros.

Además, la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) está haciendo uso de la rúbrica electrónica para las solicitudes de requerimientos por parte de las instituciones financieras. Se espera que con las reformas a la normativa también se sume la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), la cual estaría emitiendo los permisos que suscribe la entidad.