La Comisión de Economía de la Asamblea Legislativa dictaminó las reformas sobre los plazos de garantía y el proceso para solicitarlo a los establecimientos a la Ley de Protección al Consumidor.
La iniciativa modifica el artículo 33-A. El dictamen pasará al conocimiento del pleno legislativo para su aprobación.
Con la modificación se contempla aumentar la vigencia para que se puedan efectuar cambios o devoluciones de mercancías. La normativa vigente establece un plazo de 30 días. También que se aplique la garantía del proveedor del producto, que en ocasiones no es la misma que el establecimiento que lo vende.
Los agentes económicos deberán llevar un registro digital y físico de los bienes adquiridos por el consumidor para que no sea necesario que presente la factura o la garantía del producto, en caso de que exista una inconformidad.
Si los comercios no acatan estas disposiciones, se enfrentarían a multas de hasta 500 salarios mínimos, que será efectiva a través de la Defensoría del Consumidor.