Dos decretos devolvió el Presidente Nayib Bukele con observaciones a la Asamblea Legislativa, la Ley de Compras Públicas y Ley de Creación de la Dirección Nacional de Compras Públicas.
El contenido de las observaciones aún no ha sido revelado por el Parlamento; sin embargo, en la correspondencia que ingresa este miércoles en sesión plenaria, se conoció sobre referida devolución.
La Ley de Compras Públicas sustituirá a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP); la Ley de Creación de la Dirección Nacional de Compras Públicas (DINAC) se aprobó con dispensa de trámite, por lo que no fue llevada a estudio de comisión legislativa.
La nueva ley de compras reestructuraría y establecería nuevas disposiciones al régimen de la contratación administrativa, así como implementar el uso de tecnologías de la información y comunicación para viabilizar la gestión operativa de las compras gubernamentales, así como nuevas herramientas que permitan establecer medidas de control y auditoría.
La normativa contiene las normas que regularán el ciclo de compra pública, desde la planificación, selección del contratista, contratación, seguimiento y liquidación de las contrataciones de obras, bienes y servicios de cualquier naturaleza de la Administración Pública.
La ley deberá ser aplicada con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que oferten o contraten con la administración pública, tanto instituciones del Estado, dependencias, así como municipalidades.
Sin embargo, se excluye a las contrataciones financiadas con fondos provenientes de convenios o tratados entre el Estado con otros países o con organismos internacionales que establezcan procesos de contrataciones a seguir. También se excluirá a contrapartidas del Estado.
Además, será inaplicable para convenios entre instituciones del Estado y contratación de servicios personales que generan un vínculo laboral.
Con esta nueva normativa se crea el Sistema Nacional de Compras Públicas (SINAC) que dará seguimiento a todas las compras y será conformado por la Dirección Nacional de Compras Públicas (DINAC), Unidades de Compras Públicas (UCP), unidades solicitantes y unidades financieras.
Será obligatorio el uso del Sistema Electrónico de Compras Públicas de El Salvador “COMPRASAL”.