¿Cuáles son los argumentos de Nuestro Tiempo y VAMOS para que se recalifiquen los votos de escrutinio final de elecciones legislativas?

Foto: Cortesía.
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Por Redacción YSKL

Los dirigentes de Nuestro Tiempo y VAMOS presentaron un escrito ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), para pedir que se recalifiquen los votos que fueron mal consignados, el pasado 4 de febrero.

“El día de ayer se presentó de manera formal, al Tribunal Supremo Electoral, la solicitud, para que se modifique el instructivo de este escrutinio, para que los votos nulos e impugnados sean recalificados, no reclasificados, recalificados; y cuando proceda, los votos que se evidencie que sean válidos, sean asignados como tal, independientemente del partido político al partido que beneficie”, enfatizó la candidata de la Asamblea de VAMOS, Claudia Ortiz.

Al respecto, el Director de Organización de Nuestro Tiempo, Ramiro Navas, aseguró que no se está cumpliendo con los lineamientos del  “Escrutinio Final de Votos Papeleta por Papeleta Elección Presidencial y Legislativa 2024”.

“El día domingo participamos en una reunión donde se nos compartió un instructivo de cómo iba a funcionar este escrutinio, y lo que hemos venido a encontrar el día de es que varios de las disposiciones que ellos nos plantearon en esa reunión informativa no se están cumpliendo”, señaló Navas.

La solicitud presentada por el Presidente de Nuestro Tiempo, Andy Failer; y la Secretaria General de VAMOS, Cesia Rivas, hace referencia al instructivo, el cual establece que “no se hará recalificación de votos que cambie el estatus de la calificación realizada por la JRV, por lo que únicamente se procederá a contar las papeletas”.

Al respecto, se señaló que existe una “contradicción”, con el artículo 215 del Código Electoral, que especifica que “en el escrutinio final practicado por el Tribunal, se resolverá sobre la validez de los votos impugnados ante las Juntas Receptoras de Votos en los casos específicamente señalados en este Código”.

“Dicha contradicción, del instructivo al Código Electoral, violenta el principio jerarquía normativa, de nuestro ordenamiento jurídico, puesto que no todas las normas son de la misma clase ni tienen la misma relevancia, para el caso el Código Electoral prevalecerá por encima de un instructivo”, cita el documento.

Otro argumento fue la necesidad de cumplir el principio de “impedimento del falseamiento de la voluntad popular”, contemplado “en materia electoral”, que se basa en que se anulen las elecciones en que se perciban “vicios en el proceso electoral que alteren el resultado de la votación, al punto de no conocerse lo realmente querido por los electores”, de manera constante.