Sala admite demanda de inconstitucionalidad por el nombramiento de Apolonio Tobar como Procurador de DDHH

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia decidió admitir la demanda de inconstitucionalidad por la elección de José Apolonio Tobar Serrano como Procurador de Derechos Humanos (PDDH).

En la resolución de admisión,  los magistrados avalaron los argumentos del demandante, quien expuso que dicho nombramiento, fue con aprobación de más de un tercio de suplentes del pleno de la Asamblea Legislativa; algo que contraviene la normativa legal.

La Constitución permite, que los Diputados hagan uso del Suplente “en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de los propietarios», según establece el Artículo 131, ordinal 4.  

Las condiciones no se cumplieron, ya que la mayoría de propietarios se encontraban en la Plenaria de aquel día.

El demandante alegó que el relevo no se justificó, por lo tanto, no es constitucional.

Tobar Serrano fue electo el 16 de Octubre de 2019 como Procurador, con 57 votos del Pleno; 20 de estos, emanaron de Suplentes.   

Los Magistrados no emitieron medida cautelar, y  fue firmada por los cinco funcionarios. En ese sentido, se estableció que se hará un análisis si los legisladores incurrieron en fraude a la Constitución.

Al utilizar la figura del llamamiento de diputados suplentes para lograr el número mínimo de votos para la aprobación del decreto legislativo referido.