PDDH: Cuarentena transgrede movilidad de enfermos crónicos y trabajo y alimentación

El titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, Apolonio Tobar, consideró que los Decretos Legislativo 639 y Ejecutivo 24 “han implicado graves violaciones al derecho humano a la salud de la población”.

El documento emitido por la Asamblea Legislativa establece medidas para regular la cuarentena domiciliar obligatoria; mientras que el Decreto 24, que fue aprobado por el Gobierno da más restricciones a la movilidad para su cumplimiento. 

Tobar manifestó que la población más afectada, son aquellas que padecen de enfermedades crónicas como cáncer, insuficiencia renal o trasplantados, psoriasis, lupus, hipertensión arterial pulmonar, fibrosis quística, diabetes, hemofilia, reumatismo, esclerosis múltiple, enfermedad celíaca, enfermedades de depósito lisosomal, VIH, entre otras.

Esto debido a la suspensión del transporte público de pasajeros incluyendo el servicio de taxi, que les ha imposibilitado tener acceso a tratamiento, incluido el retiro de sus medicamentos.

El Presidente Nayib Bukele estableció como mecanismo para solucionar la falta de transporte público de pasajeros para las personas con enfermedades crónicas, la habilitación del número de teléfono 2121- 4010 y el 132 del Sistema de Emergencia Medicas (SEM), con la finalidad de ofrecer transporte gratuito.  

“Sin embargo, por información brindada en los distintos medios de comunicación y denuncias recibidas en esta Procuraduría, se tiene conocimiento que el mecanismo aludido no ha sido efectivo, dado que al ser activado por las personas usuarias de los servicios de salud, no han tenido respuesta quedándose muchas sin poder recibir sus tratamientos médicos o teniendo que caminar durante horas para poder llegar al centro médico, situación que también afecta a aquellos grupos en condición de vulnerabilidad como las personas con discapacidad y adultos mayores que por su condición les es más difícil el acceso o la llegada a los servicios públicos y privados de salud”, manifestó Tobar en un pronunciamiento.

Según el Procurador, no se cumple el artículo 3 numeral 5 del Decreto 24, que garantiza que este grupo poblacional tenga acceso a transporte para sus trámites médicos. “Así como al derecho humano a la salud establecido en los artículos 1, 2 y 65 de la Constitución de la República”. 

“Esta Procuraduría considera que el mecanismo establecido por el Gobierno, fue improvisado y poco difundido más aún, el hecho de informar a través redes sociales al cual la mayoría de la población arriba mencionada no tiene acceso, sobre todo quienes viven en la zona rural, quienes viajan a la ciudad de San Salvador para recibir los servicios especializados en salud”, añadió.

Lo anterior, se agudiza con la prohibición de movilizarse a un municipio distinto al de residencia, cuando en el caserío, cantón o municipio no hay un lugar para adquirir los alimentos: “más grave aún, cuando se trata de medicamentos que en el municipio donde residen tampoco se pueden adquirir y deben desplazarse a un municipio aledaño para ello, siendo más difícil cuando éstos solo son dispensados en hospitales del tercer nivel de atención (hospitales especializados), ubicados en la zona metropolitana de San Salvador”.

El titular del Ministerio Público, exhortó a las autoridades de Presidencia y del Ministerio de Salud que “con carácter urgente” establezcan mecanismos efectivos para el acceso a los servicios de salud de forma integral para las personas, además pidió garantizar el derecho al trabajo y a la alimentación de los sectores más vulnerables de la población.