Familiares de reos podrán hacerles depósitos de hasta $500, que serán utilizados únicamente para tiendas penitenciarias

Un custodio del Centro de Confinamiento Contra el Terrorismo levanta expediente a un nuevo reo. Foto: Cortesía.
Un custodio del Centro de Confinamiento Contra el Terrorismo levanta expediente a un nuevo reo. Foto: Cortesía.

Por: Redacción YSKL

El Ministerio de Justicia y Seguridad, modificó el Reglamento General de la Ley Penitenciaria, según una publicación del Diario Oficial.

De acuerdo al Decreto N°11 del Tomo 438 de fecha 17 de febrero, se modificaron los artículos 152, 153 y 154, relativos a la manutención de los presidiarios.

El artículo 154, según la nueva propuesta, establecerá que la Dirección General de Centros Penales, pondrá a disposición de los privados de libertad, sus familiares o personas autorizadas, la venta de raciones adicionales a las normalmente ofrecidas por las autoridades, que se entregarán en las tiendas institucionales.

«Dichas raciones consistirán en insumos de primera necesidad, entre éstos, artículos de higiene personal, alimentos, medicinas, ropa, entre otros», reza el artículo.

Por otra parte, los encarcelados tendrán derecho a un número de cuenta en el Sistema de Información Penitenciaria, para que sus familiares o personas autorizadas puedan hacer depósitos de hasta $500.00. Este dinero no podrá ser utilizado en efectivo y, por el contrario, sólo será intercambiado por insumos de las Tiendas de las cárceles.

Además, el origen de los fondos estarán sujetos a investigación por parte de las autoridades de seguridad, y, de encontrarse anormalidades, se dará aviso a la Fiscalía.