Por: Redacción YSKL
Con 66 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron abrir el proceso de antejuicio en contra de su homólogo perteneciente a Nuevas Ideas, Erick Alfredo García, luego de que el fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, solicitara dicho procedimiento y el desafuero de este, tras acusarlo del delito de falsedad ideológica.
Las dos peticiones ingresaron con dispensa de trámite y la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales conoció inmediatamente el caso y sesionó durante la plenaria número 117 para consensuar ambas peticiones fiscales, para luego emitir dos dictámenes favorables.
Ante esto, el pleno legislativo creó y, a la vez, juramentó a los diputados miembros de la Comisión Especial de Antejuicio que analizará retirarle el fuero constitucional y así ser procesado penalmente por la infracción tipificada en el artículo 284 del Código Penal.
De acuerdo a los cargos designados para integrar dicha mesa de trabajo, el presidente será Ernesto Castro; el secretario, Rodrigo Ayala; la relatora, Caleb Navarro; los vocales, Alexia Rivas, Raúl Castillo y José Urbina.
Mientras, los legisladores Marcela Pineda y Giovanny Zaldaña fungirán como fiscales.
Los fiscales de la comisión serán los diputados @MarcelaPinedaSV y @Giovanny_SV pic.twitter.com/IOkXNquOqq
— Radio YSKL 📻 💻 📲 (@radioyskl) August 9, 2023
El delito de falsedad ideológica
De acuerdo a lo que plasma el artículo 284 del Código Penal sobre este tipo de delito, se estipula en su inciso primero: “El que con motivo del otorgamiento o formalización de documento público o auténtico, insertare o hiciere insertar declaración falsa concerniente a un hecho que el documento debiere probar, será sancionado con prisión de tres a seis años”.
La falsedad ideológica o intelectual consiste, básicamente, en crear deliberadamente un documento total o parcialmente falso en su contenido, aunque válido en sus formas.
El delito de falsedad ideológica requiere una acción de insertar o de hacer insertar. En la primera situación será eventualmente la concurrencia de un funcionario o notario y en la segunda el sujeto activo puede ser cualquier persona natural mayor de dieciocho años de edad, que con motivo del otorgamiento o formalización de un documento público o privado, haga constar declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento deba probar y de las que pueda resultar perjuicio, es decir, una redacción de un documento haciendo constar declaraciones distintas a las realmente hechas.
Por el lado político, García ha sido inhabilitado para competir por la reelección en los comicios 2024, asimismo fue expulsado de Nuevas Ideas, debido a la investigación.