Presentan demanda de inconstitucionalidad en contra de decreto que permite extender investigación de detenidos bajo el régimen de excepción y procesarlos por categorías

Familiares de detenidos bajo el régimen de excepción.
Foto: elsalvador.com

Por Redacción YSKL

Los representantes de organizaciones que velan por la defensa de los derechos humanos se aglutinaron este jueves frente al Instituto de Medicina Legal, en San Salvador, con el objetivo de dirigirse a las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para presentar una demanda de inconstitucionalidad contra un decreto aprobado por la Asamblea Legislativa, en el contexto del Régimen de Excepción.

La abogada penalista, Roxana Cardona, explicó que el decreto 547, que comprende la extensión de dos años al periodo de investigación de los detenidos en la fase de instrucción es inconstitucional.

“(En) este decreto, en su artículo 21 específicamente, llama la atención porque establece que a partir de su vigencia, se iba a empezar a contabilizar un periodo nuevo de instrucción, es decir, a partir del 8 de diciembre de ese año, pero a la gente no la han capturado el 8 de diciembre, hay gente capturada desde marzo (de 2022); de marzo a septiembre son seis meses. El fiscal pidió una prórroga de seis meses más, cumpliéndose hasta este año. Llegando el decreto, derogan todo eso, y empiezan a contabilizar a partir de diciembre de ese año”, detalló.

Cardona calificó las enmiendas al decreto transitorio como “una violación a la retroactividad”, ya que solo se pueden aplicar estas medidas en beneficio del imputado.

También mencionó la falta de individualización de los procesados por el cargo de agrupaciones ilícitas, los cuales ahora podrán ser enjuiciados con base en un sistema de clasificación por misma causa.

“Una de las cosas que hay que decir es que el delito de agrupaciones ilícitas, por el cual a todos los han agarrado, deben cumplir verbos rectores, ¿cuáles son? La pertenencia, el grado de participación, en qué delito han participado  y el tiempo que tienen en la pandilla. Esto únicamente lo puede decir un miembro de la misma pandilla, pero en este caso quienes lo han dicho son los policías en las actas que han levantado, por lo tanto, ellos no son miembros de las pandillas”, destacó la abogada.

Añadió en los casos de los que han sido calificados como pandilleros es válido proceder bajo el mecanismo de clasificación, pero esto afecta a quienes fueron capturados siendo inocentes, a quienes “no se les habría podido atribuir nada, por lo que hacen ese decreto, el 547, para involucrarlos a todos ahí”. “Eso es justicia selectiva, y es violatorio a la seguridad jurídica”, agregó.

Los parientes de los detenidos y los miembros de las organizaciones expresaron su preocupación ante la estrategia para categorizar a los imputados inocentes, puesto que podrían ser condenados bajo el decreto, argumentándose, por ejemplo, que fueron ubicados en un sector perteneciente a una determinada estructura pandilleril.

El decreto 547 está enfocado en la Ley Contra el Crimen Organizado, cita en el artículo 21, inciso A que “Los procesos penales tramitados con base en esta ley, iniciados antes de la entrada en vigencia de este decreto y que se encontraren en la fase de instrucción, esta se ampliará por un plazo de doce meses contados a partir de este decreto, luego del cual se podrá solicitar prórroga hasta por doce meses más”.