Sala confirmó que Gobierno no podía usar fondos de préstamo sin aprobación de Asamblea

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A través de una sentencia, la Sala de lo Constitucional confirmó que el Gobierno no podía usar fondos de préstamos obtenidos a través del decreto 640 sin autorización de la Asamblea Legislativa.

Esto se refiere al conflicto entre el Ejecutivo y Legislativo que dirimió la Sala sobre la reforma y asignación presupuestaria de $354.2 millones, parte de los $1,000 millones conseguidos en la emisión de bonos y que conforman el decreto 640 de autorización a endeudamiento para recuperación económica por COVID-19.

El Parlamento alegó que existía esta disponibilidad de fondos para reorientarlos a Fomilenio II, Fondo para el Desarrollo Social de los Municipios (FODES) y pensión a veteranos que se adeudó en el año 2020; esto debido a que a pesar que el Ministerio de Hacienda solicitó su autorización, esta no había sido aprobada por los diputados.

La primera solicitud que hizo el Ejecutivo fue sobre la incorporación de $1,000 millones conseguidos en con la emisión de bonos ante el mercado internacional, donde $645.8 millones se dirigirían al déficit aprobado en el presupuesto 2020 y los $354.2 restante serían parte del decreto 640.

No obstante, el titular de Hacienda, Alejandro Zelaya, advirtió que, contrario a lo que señalaron los legisladores sobre los $354.2 millones, los fondos sí fueron utilizados conforme al decreto.

«El Gobierno dice que no tiene ese dinero, deben explicar cómo es que lo ha gastado sin pedir una asignación presupuestaria»: Diputados sobre falta de aprobación de reorientación de fondos para FOMILENIO II y FODES

Zelaya aseveró que se dio cumplimiento al artículo 12 del decreto 640, donde los parlamentarios detallaron que los fondos conseguidos podrían utilizarse para los rubros detallados; que son el fideicomiso para la recuperación económica de empresas, el IVA para exportadores y el pago a proveedores privados del Estado.

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En la sentencia, a pesar que el Máximo Tribunal no emitió una medida sobre el caso debido a que manifestó que no era el punto en estudio, aseguró que el Gobierno no podía usar los fondos sin la aprobación parlamentaria.

Es por tanto, que destacan que el decreto exigía que los fondos fueran incorporados a la Ley de Presupuesto por la Asamblea como lo exige el artículo 131 de la Constitución a través de reformas.

Es decir, explicaron que el decreto 640 no implicaba uan reforma tácita a la ley de presupuesto, como argumentó en su momento Hacienda, sino que solo regulan la autorización para gestionar fondos y el destino de estos.

«Entonces, una vez gestionados los fondos correspondientes, de conformidad con los preceptos normativos citados, debía solicitarse la respectiva reforma del actual presupuesto, pero visto que tal actividad no se realizó, significa que, formalmente, esos fondos no fueron asignados para los destinados detallados», relata el documento judicial.

«[…] En la práctica, el Órgano Ejecutivo haya gastado sin autorización legislativa las cantidades referidas, es decir, sin seguir el trámite de reforma presupuestaria respectivo, como lo requiere el art. 131 ord. 8° Cn», detalló la instancia.

Puede leer sentencia aquí.