Imputados de crímenes del conflicto podrán recibir una quinta parte de la condena si colaboran con la ubicación de víctimas

El presidente de la Asamblea Legislativa y la Comisión Política presentaron  el anteproyecto de ley de justicia restaurativa y transicional para la reconciliación nacional que debe ser aprobada antes del 28 de febrero de acuerdo a la prórroga que otorgó la Sala de lo Constitucional.

Según el Presidente de este órgano de estado, Mario Ponce “esta es una ley de cierre» y cumple con los parámetros que estableció en sentencia la Sala de lo Constitucional, en lo referente a garantías de acceso a la justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición para las víctimas.

El anteproyecto está compuesto en un 90% de los insumos presentados por organizaciones defensoras de Derechos Humanos y 10% del anteproyecto que tenía previamente la comisión política, según el diputado.

Entre sus entes normativos, contempla la creación de un Consejo Nacional de Reparación, un Registro Nacional de víctimas, un Centro de documentación de la memoria histórica y una comisión nacional de búsqueda de desaparecidos en el conflicto armado.

Estas dependencias, realizarán programas de atención psicosocial a las víctimas y sus familiares. Y procurarán que las víctimas y sus familias tengan acceso preferencial a educación de todo nivel, también a tierras y viviendas, a créditos productivos y empresariales.

Además se propone la entrega de indemnizaciones a víctimas quienes podrán decidir si la reciben cada mes o el monto de una sola vez.
Esta será determinada caso por caso.

Causa penal

El artículo 59 del anteproyecto propuesto establece que la Fiscalía General de la República (FGR) determinará cuáles de los casos denunciados son de lesa humanidad o crímenes de guerra, evaluará las condiciones de los hechos y deberá requerir ante los tribunales si hay indicios mininos de conductas delictivas.

«Los casos serán conocidos por los tribunales según el ámbito de competencia regulado en la ley procesal aplicable a cada caso», dice el artículo 65 del anteproyecto.

La pena que pagarán los que resulten culpables de delitos de lesa humanidad, la determinará un juez; esto sobre la base del grado de colaboración que hagan los imputados.

Es decir, los que sean acusados y colaboren con la ubicación de los cuerpos de las víctimas, recibirán una quinta parte de la condena, esto aunado si reconoce expresamente el delito y pide perdón a las familias de las víctimas.

Por otra parte, si el fiscal del caso no encuentra indicios mínimos de acusación en seis meses, puede pedir una prórroga al fiscal superior para investigar el crimen por seis meses más.

Si pasa la prórroga, la víctima podrá presentar querella por su cuenta.

En otro ámbito, los crímenes de lesa humanidad serán juzgados según normativa penal vigente al momento de su comisión, es decir, conforme al Código Procesal Penal de 1974; por los que no están sujetos a prescripción.

El Artículo 67 señala que según la sentencia de la Sala de lo Constitucional de fecha 13 de julio de 2016 –cuando derogó la ley de amnistía de 1992-, seguirá siendo aplicable “y debe continuar favoreciendo a quienes no hayan cometido hechos que constituyan crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constituidos de graves violaciones al derecho internacional humanitario, independientemente del sector al que hubieren pertenecido”.

Ponce expresó que este lunes se les presentará la propuesta al cuerpo diplomático acreditado en el país, y además se socializará a las organizaciones de víctimas del conflicto armado, organizaciones de derechos humanos y juristas, este martes  a las  3:30 de la tarde.